Ordenanza N° 1/1988

  • Fecha de sanción: 08/01/1988
  • N° Promulgación: 1069
  • Decreto Promulgación: 15/88

AUTORIZACION AL CE.T.I.DI.M. A OBTENER LA CONCESION Y EXPLOTA—CION DE UNA AGENCIA HIPICA EN EL PAR

VISTO la nota remitida a este Honorable Concejo Deliberante por el Centro de Terapia Integral para el Discapacitado Mental (CE.TI.DI.M.) requiriendo se autorice y se sancione la pertinente Ordenanza haciendo lugar para que dicha Institución solicite la concesión de una Agencia Hípica en el ambito de este Partido de Saladillo; y

CONSIDERANDO que dicha petición encuadra en la competencia y atribuciones establecidas para este Cuerpo por los Artículos 25º, 27º, inciso 16), 226º, inciso 9) del Decreto-Ley 6769/58 y al Capítulo VIII del Decreto Provincial Nº1444/86 modificado por el Decreto 7595/87;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1º: Autorízase al Centro de Terapia Integral para el Discapacitado Mental (CE.TI.DI.M.) a obtener la concesión y explotación de una Agencia Hípica en el Partido de Saladillo conforme a la reglamentación Vigente en la Provincia de Buenos Aires y en este Municipio.

ARTICULO 2º: Se deja constancia que sin perjuicio del contralor de la Autoridad de aplicación a nivel provincial este Municipio podrá implementar el que considere conveniente.-

ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los siete días del mes de enero de mil novecientos ochenta y ocho.-

ORDENANZA Nº1/88.-

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