VISTO el expediente nº 19/2018, iniciado por el Departamento Ejecutivo, mediante expediente nº 124/2018, quién eleva proyecto de Ordenanza  referente a autorizar al Departamento Ejecutivo aceptar la única oferta presentada por la firma SALBACO S.A. en la Licitación Pública nº 1/2018, para la realización de la obra de mejorado de caminos, alcantarilla y reperfilado de canal en camino “La Barrancosa”;

que, con fecha 4 de enero de 2018 se dictó el Decreto Nº 75/2018, por medio del cual se llamó a Licitación Pública nº 1/2018 para la realización de la obra de mejorado de caminos, alcantarillas y reperfilado de canal en camino La Barrancosa, y de acuerdo a las cláusulas y condiciones que indica el Pliego de Bases y Condiciones Generales, Particulares, Especificaciones Técnicas y planos obrantes en expediente;

que, a fs. 119/129 se adjuntan las constancias de publicaciones del llamado a la licitación efectuada en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires y en el diario de circulación local “La Mañana”;

que, con fecha 8 de febrero de 2018 se realizó el acto de apertura de Sobres A y B del cual resulta que la firma Salbaco S. A. cotiza la suma de pesos dos millones quinientos ochenta y siete mil setecientos cuarenta con 18/100 ($ 2.587.740,18) –fs. 399;

que, la propuesta efectuada por la firma Salbaco S.A. se encuentra agregada a fs. 138/398, ordenándose a partir de la foja 209 la conformación de un segundo cuerpo del expediente, todo ello conforme a lo normado por los artículos 41º y 42º de la Ordenanza General nº 267/80;

que, con fecha 16 de febrero de 2018 se reúne la Comisión de Calificación integrada por el Subsecretario de Servicios Públicos, Ingeniero Mauricio David Zanazzi; el Director de Gasto Público, Contador Gustavo Javier Ramundo; el Jefe de Compras, Diego Lucca; y la Subsecretaría Legal y Técnica, Dra. Yamila Jesica Artigas, luego de haber evaluado toda la documentación se determina que: con relación a la suma cotizada la misma resulta un 4,03% superior al presupuesto oficial, lo cual es admisible; respecto a la documentación a presentar, se dio cumplimiento a cada punto el artículo 3.2. del pliego de especificaciones legales generales; es por ello que se sugiere adjudicar la licitación a la firma Salbaco S. A. (fs. 401);

que, teniendo en cuenta lo dispuesto por el artículo 155º del Decreto Ley Nº 6.769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) dispone “si en las licitaciones realizadas con las formalidades de esta ley se registrara una sola oferta y ésta fuera de evidente conveniencia, la autoridad administrativa podrá resolver su aceptación con autorización del Concejo….”, lo informado por la Comisión Evaluadora (fs. 401), y lo dictaminado por el Director de Asuntos Legales (fs. 402/404), debe elevarse la presente licitación a efectos de que el Concejo Deliberante autorice su aceptación; y

CONSIDERANDO que en la Sesión Extraordinaria,  llevada a cabo el día 27 de febrero de 2018 se aprobó por unanimidad el Despacho de la Comisión de Presupuesto y Hacienda, que aconseja sancionar el mencionado proyecto;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

O R D E N A N Z A

 

ARTICULO 1º: Autorícese al Departamento Ejecutivo a aceptar la oferta única presentada por la firma Salbaco S. A. en la Licitación Publica nº 01/18, para la realización de la obra de mejorado de caminos, alcantarillas y reperfilado de canal en camino La Barrancosa, que cotizó la suma de pesos dos millones quinientos ochenta y siete mil setecientos cuarenta con 18/100 ($ 2.587.740,18).-

ARTICULO 2: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-

DADA EN LA SALA  DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO,  a los veintisiete  días  del mes de febrero del año dos mil dieciocho.-

ORDENANZA Nº 1/2018.-

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