Ordenanza N° 10/2013
- Fecha de sanción: 14/05/2013
- N° Promulgación:
- Decreto Promulgación:
SUSCRIBIR ACCIONES CON LA COOPERATIVA ELECTRICA DE SALADILLO
VISTO el expediente nº 67/2013, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente nº 4042/2012, que eleva Decreto 1157/12 ad-reférendum del Honorable Cuerpo, suscribiendo acciones con la Cooperativa Eléctrica de Saladillo por $ 18.793,23;
que, con fecha 14 de febrero de 2011 se celebró entre la Municipalidad de Saladillo y el Ministerio de Justicia y Seguridad de la Provincia de Buenos Aires un convenio para la implementación del Programa de Instalación de Monitoreo Integral por Cámaras, el cual fue aprobado por el Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Saladillo mediante Ordenanza nº 2569;
que, a través del procedimiento de licitación privada se adjudicó la provisión e instalación de un sistema integral de video vigilancia para la Municipalidad de Saladillo a la empresa Selucom S.R.L.;
que, para el funcionamiento dichas cámaras debe realizarse la obra de conexión a la red eléctrica;
que, el presupuesto de la obra asciende a la suma de dieciocho mil setecientos noventa y tres pesos con veintitrés centavos ($ 18.793,23); y
CONSIDERANDO que en la Tercera Sesión Ordinaria llevada a cabo el día 14 de mayo de 2013, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Presupuesto y Hacienda que aconseja su aprobación, autorizando a la presidencia al dictado de la Ordenanza correspondiente;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Suscríbanse acciones con la Cooperativa Eléctrica de Consumo y Otros Servicios de Saladillo Limitada, por la suma de dieciocho mil setecientos noventa y tres pesos con veintitrés centavos ($ 18.793,23).-
ARTICULO 2º: Dicha suscripción se efectúa como contrapartida por parte de la Cooperativa Eléctrica de Consumo y Otros Servicios de Saladillo Limitada de la construcción de puesto, tablero y tendido de línea de baja tensión.-
ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los catorce días del mes de mayo del año dos mil trece.-
ORDENANZA Nº 10/2013.-