Ordenanza N° 10/2014

  • Fecha de sanción: 06/05/2014
  • N° Promulgación: 2873
  • Decreto Promulgación: 642/14

DECLARAR LA INCOMPETENCIA DE LA SECRETARIA DE CULTURA POR CARECER DE VEHICULOS PARA EL TRASLADO DE ALUMNOS AL JARDIN MATERNAL DE TOLEDO

VISTO el expediente nº 69/2014, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente nº 1923/2014, que eleva Decreto Nº 340/2014 ad-reférendum del Honorable Cuerpo declarando la incompetencia de la Secretaría de Cultura, Educación y Derechos Humanos, por carecer de vehículos idóneos para realizar el traslado de los alumnos del Jardín de Alvarez de Toledo;

que, este Departamento Ejecutivo, y particularmente la Secretaría de Cultura, Educación y Derechos Humanos carece de un vehículo idóneo para el traslado de los alumnos hacia y desde el Jardín Municipal de la localidad de Avarez de Toledo “Trencito Musical”;

que, debido a ello debe procederse a declarar la incompetencia del área específica, autorizándose la contratación del servicio para que sea brindado por terceros;

que, dicha incompetencia debe ser declarada por el Honorable Concejo Deliberante;

que, al encontrarse dicho órgano en receso estival resulta necesario efectuar la declaración de incompetencia mediante el dictado de un Decreto del Departamento Ejecutivo ad referendum del Honorable Concejo Deliberante, a efectos de no ver entorpecido el normal funcionamiento de la Administración Pública; y

CONSIDERANDO que en la Tercera Sesión Ordinaria llevada a cabo el día 6 de mayo del año 2014, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Presupuesto y Hacienda que recomienda su convalidación;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1º: Declárese la incompetencia de la Secretaría de Cultura, Educación y Derechos Humanos, por carecer de vehículos idóneos para ello, para realizar el traslado de los alumnos hacia y desde el Jardín Municipal de la localidad de Alvarez de Toledo “El Trencito Musical”.-

ARTICULO 2º: Autorícese a la Oficina de Contaduría y al Area mencionada a contratar de terceros el servicio de traslado mencionado en el artículo primero.-

ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los seis días del mes de mayo del año dos mil catorce.-

ORDENANZA Nº 10/2014.-

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