Ordenanza N° 10/2019
- Fecha de sanción: 09/04/2019
- N° Promulgación:
- Decreto Promulgación:
VISTO el expediente n° 79/2019, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente n° 2122/2019, quién eleva proyecto de Ordenanza fijando nueva escala de Asignaciones Familiares a partir del 1° de abril del 2019; que, la Ley 24.714 y sus modificatorias instituye con carácter nacional y obligatorio al Régimen de Asignaciones Familiares para los trabajadores que […]
VISTO el expediente n° 79/2019, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente n° 2122/2019, quién eleva proyecto de Ordenanza fijando nueva escala de Asignaciones Familiares a partir del 1° de abril del 2019;
que, la Ley 24.714 y sus modificatorias instituye con carácter nacional y obligatorio al Régimen de Asignaciones Familiares para los trabajadores que presten servicios remunerados en relación de dependencia en la actividad pública nacional;
que, asimismo la Ley 14.656 regulatoria del empleo público municipal en la Provincia de Buenos Aires, establece entre los derechos del trabajador municipal subsidios y asignaciones familiares conforme a la ley nacional;
que, el día 8 de marzo de 2019 se llevó a cabo la negociación paritaria entre el Departamento Ejecutivo, el Sindicato de Trabajadores Municipales de Saladillo y Unión Personal Civil de la Nación con el objetivo fue tratar el incremento salarial de los trabajadores municipales;
que, a raíz de las mismas se acordó otorgar un aumento de $ 3.800,00 sobre el básico a todas las categorías, pagadero en 4 cuotas, elevándose al Honorable Concejo Deliberante el respectivo Proyecto de Ordenanza para su aprobación;
que, a consecuencia del aumento referido, de aprobarse el Proyecto de Ordenanza mencionado, y conforme a la actual escala y montos muchos de los trabajadores dejarían de percibir las asignaciones familiares;
que, razones de justicia social hacen necesario implementar políticas que impulsen medidas orientadas a proteger los intereses de los trabajadores de este municipio;
que, resulta entones necesario, efectuar una modificación en las escalas y/o tramos de sueldos, y en idéntico porcentaje que el aumento que el trabajador perciba, a fin de evitar la pérdida de las prestaciones en relación a los salarios; y
CONSIDERANDO que en la Segunda Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 9 de abril de 2019, este Honorable Cuerpo aprobó por mayoría el despacho de la Comisión de Presupuesto y Hacienda, que aconseja sancionar el mencionado proyecto;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1°: Fíjese a partir del 1º de abril de 2019 las escalas de Asignaciones Familiares que a continuación se detallan:
Asignación por Hijo
Remuneración entre | $ 0,00 | y | $ 8.043,31 | $ 340 | |
Remuneración entre | $ 8.043,32 | y | $ 9.603,31 | $ 250 | |
Remuneración entre | $ 9.603,32 | y | $ 11.683,31 | $ 160 | |
Remuneración entre | $ 11.683,32 | y | $ 22.083,31 | $ 90 | |
Más de | $ 22.083,32 | y | $ – | $ – |
Asignación por Hijo con Discapacidad
Remuneración entre | $ 0,01 | y | $ 15.345,00 | $ 2.730 | |
Remuneración entre | $ 15.345,01 | y | $ 17.360,00 | $ 1.930 | |
Remuneración entre | $ 17.360,01 | y | $ – | $ 1.217 |
ARTÍCULO 2°: Fíjese a partir del 1º de mayo de 2019 las escalas de Asignaciones Familiares que a continuación se detallan:
Asignación por Hijo
Remuneración entre | $ 0,00 | y | $ 9.043,31 | $ 340 | |
Remuneración entre | $ 9.043,32 | y | $ 10.603,31 | $ 250 | |
Remuneración entre | $ 10.603,32 | y | $ 12.683,31 | $ 160 | |
Remuneración entre | $ 12.683,32 | y | $ 23.083,31 | $ 90 | |
Más de | $ 23.083,32 | y | $ – | $ – |
Asignación por Hijo con Discapacidad
Remuneración entre | $ 0,01 | y | $ 16.945,00 | $ 2.730 | |
Remuneración entre | $ 16.945,01 | y | $ 18.960,00 | $ 1.930 | |
Remuneración entre | $ 18.960,01 | y | $ – | $ 1.217 |
ARTICULO 3°: Fíjese a partir del 1º de julio de 2019 las escalas de Asignaciones Familiares que a continuación se detallan:
Asignación por Hijo
Remuneración entre | $ 0,00 | y | $ 10.043,31 | $ 340 | |
Remuneración entre | $ 10.043,32 | y | $ 11.603,31 | $ 250 | |
Remuneración entre | $ 11.603,32 | y | $ 13.683,31 | $ 160 | |
Remuneración entre | $ 13.683,32 | y | $ 24.083,31 | $ 90 | |
Más de | $ 24.083,32 | y | $ – | $ – |
Asignación por Hijo con Discapacidad
Remuneración entre | $ 0,01 | y | $ 18.545,00 | $ 2.730 | |
Remuneración entre | $ 18.545,01 | y | $ 20.560,00 | $ 1.930 | |
Remuneración entre | $ 20.560,01 | y | $ – | $ 1.217 |
ARTICULO 4°: Fíjese a partir del 1º de septiembre de 2019 las escalas de Asignaciones Familiares que a continuación se detallan:
Asignación por Hijo
Remuneración entre | $ 0,00 | y | $ 11.043,31 | $ 340 | |
Remuneración entre | $ 11.043,32 | y | $ 12.603,31 | $ 250 | |
Remuneración entre | $ 12.603,32 | y | $ 14.683,31 | $ 160 | |
Remuneración entre | $ 14.683,32 | y | $ 25.083,31 | $ 90 | |
Más de | $ 25.083,32 | y | $ – | $ – |
Asignación por Hijo con Discapacidad
Remuneración entre | $ 0,01 | y | $ 19.845,00 | $ 2.730 | |
Remuneración entre | $ 19.845,01 | y | $ 21.860,00 | $ 1.930 | |
Remuneración entre | $ 21.860,01 | y | $ – | $ 1.217 |
ARTICULO 5°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese. –
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los nueve días del mes de abril del año dos mil diecinueve. –
ORDENANZA N°10/2019.-