Ordenanza N° 10/2019

  • Fecha de sanción: 09/04/2019
  • N° Promulgación:
  • Decreto Promulgación:

VISTO el expediente n° 79/2019, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente n° 2122/2019, quién eleva proyecto de Ordenanza fijando nueva escala de Asignaciones Familiares a partir del 1° de abril del 2019; que, la Ley 24.714 y sus modificatorias instituye con carácter nacional y obligatorio al Régimen de Asignaciones Familiares para los trabajadores que […]

VISTO el expediente n° 79/2019, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente n° 2122/2019, quién eleva proyecto de Ordenanza fijando nueva escala de Asignaciones Familiares a partir del 1° de abril del 2019;

que, la Ley 24.714 y sus modificatorias instituye con carácter nacional y obligatorio al Régimen de Asignaciones Familiares para los trabajadores que presten servicios remunerados en relación de dependencia en la actividad pública nacional;

que, asimismo la Ley 14.656 regulatoria del empleo público municipal en la Provincia de Buenos Aires, establece entre los derechos del trabajador municipal subsidios y asignaciones familiares conforme a la ley nacional;

que, el día 8 de marzo de 2019 se llevó a cabo la negociación paritaria entre el Departamento Ejecutivo, el Sindicato de Trabajadores Municipales de Saladillo y Unión Personal Civil de la Nación con el objetivo fue tratar el incremento salarial de los trabajadores municipales;

que, a raíz de las mismas se acordó otorgar un aumento de $ 3.800,00 sobre el básico a todas las categorías, pagadero en 4 cuotas, elevándose al Honorable Concejo Deliberante el respectivo Proyecto de Ordenanza para su aprobación;

que, a consecuencia del aumento referido, de aprobarse el Proyecto de Ordenanza mencionado, y conforme a la actual escala y montos muchos de los trabajadores dejarían de percibir las asignaciones familiares;

que, razones de justicia social hacen necesario implementar políticas que impulsen medidas orientadas a proteger los intereses de los trabajadores de este municipio;

que, resulta entones necesario, efectuar una modificación en las escalas y/o tramos de sueldos, y en idéntico porcentaje que el aumento que el trabajador perciba, a fin de evitar la pérdida de las prestaciones en relación a los salarios; y

CONSIDERANDO que en la Segunda Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 9 de abril de 2019, este Honorable Cuerpo aprobó por mayoría el despacho de la Comisión de Presupuesto y Hacienda, que aconseja sancionar el mencionado proyecto;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

O R D E N A N Z A

ARTÍCULO  1°: Fíjese a partir del 1º de abril de 2019 las escalas de Asignaciones Familiares que a continuación se detallan:

Asignación por Hijo       

Remuneración entre $           0,00 y $    8.043,31  $ 340
Remuneración entre $    8.043,32 y $    9.603,31  $ 250
Remuneración entre $    9.603,32 y $   11.683,31  $ 160
Remuneración entre $   11.683,32 y $   22.083,31 $ 90
Más de $   22.083,32 y $                 –  $     –

Asignación por Hijo con Discapacidad

Remuneración entre $           0,01 y $ 15.345,00  $ 2.730
Remuneración entre $  15.345,01 y $ 17.360,00  $ 1.930
Remuneración entre $  17.360,01 y $                 –  $ 1.217

ARTÍCULO 2°: Fíjese a partir del 1º de mayo de 2019 las escalas de Asignaciones Familiares que a continuación se detallan:

Asignación por Hijo       

Remuneración entre $           0,00 y $    9.043,31  $ 340
Remuneración entre $    9.043,32 y $   10.603,31  $ 250
Remuneración entre $   10.603,32 y $   12.683,31  $ 160
Remuneración entre $   12.683,32 y $   23.083,31  $ 90
Más de $   23.083,32 y $                 –  $     –

Asignación por Hijo con Discapacidad

Remuneración entre $           0,01 y $ 16.945,00  $ 2.730
Remuneración entre $  16.945,01 y $ 18.960,00  $ 1.930
Remuneración entre $  18.960,01 y $                 –  $ 1.217

ARTICULO 3°: Fíjese a partir del 1º de julio de 2019 las escalas de Asignaciones Familiares que a continuación se detallan:

Asignación por Hijo       

Remuneración entre $           0,00 y $   10.043,31  $ 340
Remuneración entre $   10.043,32 y $   11.603,31  $ 250
Remuneración entre $   11.603,32 y $   13.683,31  $ 160
Remuneración entre $   13.683,32 y $   24.083,31 $ 90
Más de $   24.083,32 y $                 –  $     –

Asignación por Hijo con Discapacidad

Remuneración entre $           0,01 y $ 18.545,00  $ 2.730
Remuneración entre $  18.545,01 y $ 20.560,00  $ 1.930
Remuneración entre $  20.560,01 y $                 –  $ 1.217

ARTICULO 4°: Fíjese a partir del 1º de septiembre de 2019 las escalas de Asignaciones Familiares que a continuación se detallan:

Asignación por Hijo       

Remuneración entre $           0,00 y $   11.043,31  $ 340
Remuneración entre $   11.043,32 y $   12.603,31  $ 250
Remuneración entre $   12.603,32 y $   14.683,31  $ 160
Remuneración entre $   14.683,32 y $   25.083,31 $ 90
Más de $   25.083,32 y $                 –  $     –

Asignación por Hijo con Discapacidad

Remuneración entre $           0,01 y $ 19.845,00  $ 2.730
Remuneración entre $  19.845,01 y $ 21.860,00  $ 1.930
Remuneración entre $  21.860,01 y $                 –  $ 1.217

ARTICULO 5°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese. –

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los nueve días del mes de abril del año dos mil diecinueve. –

ORDENANZA N°10/2019.-

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