VISTO el expediente N° 189/2024 iniciado por el Bloque de Concejales de Juntos por el Cambio, quien eleva proyecto de Ordenanza estableciendo la circulación y estacionamiento de camiones en Saladillo;

que, la Ordenanza 63/2024 regula los horarios exclusivos para la Carga y Descarga de Mercadería con camiones en la zona urbana de la ciudad de Saladillo y la circulación y estacionamiento de camiones y/o acoplados;

que, la referida normativa en su artículo 5° faculta al Departamento Ejecutivo, a implementar la prohibición establecida en el Artículo 2° de manera progresiva, en un plazo que no supere los 90 días;

que, el 01 de enero de 2025, se cumpliría el plazo para la aplicación;

que, respecto a los horarios exclusivos de carga y descarga no se ha dispuesto periodo de implementación, habiendo recibido desde promulgada la ordenanza hasta la fecha se han ido recepcionando distintos reclamos, puntualmente, con respecto al reparto de productos alimenticios y corralones de materiales;

que, los reclamos obedecen a que el horario matutino no solo resulta acotado por la cantidad de comercios existentes en dicha zona, sino que también termina repercutiendo en la jornada laboral de los comercios y con ello en sus empleados;

que, el Departamento Ejecutivo cree conveniente, oportuno y necesario estudiar todos y cada uno de los planteos presentados, a fin de poder definir lo que realmente corresponda, buscando la seguridad vial en equilibrio con el resto de las cuestiones planteadas;

que, en ese sentido, resulta necesario disponer la suspensión de la aplicación del artículo 1° de la Ordenanza N° 63/2024, por el plazo de 120 días; y

CONSIDERANDO que en la Sesión Extraordinaria llevada a cabo el día 19 de diciembre de 2024, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Peticiones y Ordenanzas, que aconseja sancionar el mencionado proyecto;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

O R D E N A N Z A

ARTÍCULO 1°: Suspender la aplicación del artículo 1° de la Ordenanza N° 63/2024, que regula los horarios exclusivos para la Carga y Descarga de Mercadería con camiones en la zona urbana de la ciudad de Saladillo, por el plazo de ciento veinte (120) días.-

ARTÍCULO 2°: Comunicar al Departamento Ejecutivo Municipal, dar al Registro Oficial, cumplir, publicar y archivar.-        

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los diecinueve días del mes de diciembre del año dos mil veinticuatro.-

ORDENANZA Nº 102/2024.-

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