Ordenanza N° 105/2018

  • Fecha de sanción: 11/09/2018
  • N° Promulgación:
  • Decreto Promulgación:

VISTO el expediente nº 321/2018, iniciado por el Departamento Ejecutivo Municipal, mediante expediente nº 3109/2018, quién eleva proyecto de Ordenanza  solicitando la donación de  un inmueble  para la construcción de la sede social para la Fundación  “Todos por un Sueño”;   que,  estatutariamente la Fundación tiene por objeto primordial, entre otros, actuar como nexo entre […]

VISTO el expediente nº 321/2018, iniciado por el Departamento Ejecutivo Municipal, mediante expediente nº 3109/2018, quién eleva proyecto de Ordenanza  solicitando la donación de  un inmueble  para la construcción de la sede social para la Fundación  “Todos por un Sueño”;

que,  estatutariamente la Fundación tiene por objeto primordial, entre otros, actuar como nexo entre el Estado Nacional, Provincial y/o Municipal y las personas físicas y/o Jurídicas de carácter privado, a los efectos de brindar ayuda económica a individuos y establecimientos educativos, comedores escolares y cualquier otro ente relacionado con la educación en todos sus niveles a los efectos de fomentar el desarrollo económico, social, cultural y educativo de los ciudadanos;

que, en cumplimiento de estos objetivos la Fundación viene trabajando desde hace 6 años asistiendo a instituciones y familias de Saladillo y zona de influencia;

que, asimismo, en razón de haber recibido en donación máquinas de coser, horno pizzero y amasadora, tiene proyectado establecer talleres de costura y elaboración de panes y pizzas con la finalidad de generar fuentes de trabajo;

que, de la documentación obrante a fs. 3/9 surge que la Fundación “Todos por un Sueño” posee personería jurídica inscripta bajo la matrícula nº 38320 de la Dirección Provincial de Personas Jurídicas;

que, a fs. 12 surge informe del Director de Planeamiento, Tierra y Vivienda de la Municipalidad de Saladillo del cual se desprende que el inmueble más apropiado para donar a la Fundación solicitante es el designado catastralmente como Circunscripción 1; Sección H; Chacra 206; Manzana 206c; Parcela 10a; de la ciudad de Saladillo;

que, conforme a plano de mensura, división, cesión de calles y ochavas Nº 93-15-08 (fs. 16), dicho inmueble figura como espacio libre y público a ceder, siendo propiedad de la Municipalidad de Saladillo, en un todo de acuerdo a las disposiciones del Decreto Ley 8912/77;

que, el Departamento Ejecutivo ha adoptado como política de estado el permanente apoyo a las instituciones intermedias que tienen su ámbito de actuación en el partido de Saladillo, a efectos de que las mismas puedan cumplir con la consecución de sus fines sociales;

que, para efectuarse la donación de la parcela 10 a en favor de la solicitante de fs. 1, deberá desafectarse del dominio público, estableciéndose además, el cargo de que el donatario construya su sede social en el término de dos (2) años, a partir de la fecha de promulgación de la presente y que para el caso de disolución de la entidad o de revocación de la personería jurídica los bienes objeto de donación deberían retrotraerse en favor del Municipio;

que, atento a lo dispuesto por el artículo 60º del Decreto Ley 8912/77 podría ser factible desafectar el destino del inmueble con el requisito de permutarlo por otro bien de similares características;

que, no habiéndose realizado a nombre de la Municipalidad de Saladillo la primera inscripción en el Registro de la Propiedad, debe para ello rogarse ante el mencionado organismo la inscripción a su nombre;

que, resulta de aplicación al presente la Disposición Técnica Registral nº 1, del 8 de febrero de 1982 del Registro de la Propiedad Inmueble, que contempla los distintos supuestos de transferencias de inmuebles a las Municipalidades;

que, del articulado de la misma surge la obligación de acompañar una Ordenanza conjuntamente con una minuta de inscripción que contendrá la relación de antecedentes, datos sobre la identificación del inmueble (ubicación, medidas, linderos y superficie), consignando la nomenclatura catastral; y

CONSIDERANDO que en la Décima Segunda Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 25 de septiembre de 2018, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Presupuesto y Hacienda, que aconseja sancionar el mencionado proyecto con modificaciones en el artículo 4º;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

 O R D E N A N Z A

ARTÍCULO 1º: Solicítase al Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Buenos Aires, la inscripción a favor de la Municipalidad de Saladillo como bien de dominio público del inmueble designado catastralmente como Circunscripción I, Sección H, Chacra 206, Manzana 206c, Parcela 10a, Partida Inmobiliaria 093-23510, originado mediante el plano de mensura, división, cesión de calles y ochavas nº 93-15-2008.-

ARTÍCULO 2º: Desaféctase como bien de dominio público, el inmueble designado catastralmente como: Circunscripción I; Sección H; Chacra 206; Manzana 206c; Parcela 10a, Partida Inmobiliaria 093-23510.-

ARTÍCULO 3º: Dónase el inmueble señalado en el artículo segundo a la Fundación “Todos por un Sueño”, inscripta en la matrícula nº 38.320 de la Dirección Provincial de Personas Jurídicas de la Provincia de Buenos Aires, Resolución 11489 del 15 de diciembre de 2011.-

ARTÍCULO 4º: La presente donación se efectúa con el cargo de que la donataria construya en el inmueble donado su sede social para el funcionamiento de sus actividades enumeradas en el objeto primordial establecido en el estatuto social, en el término de dos (2) años, a partir de la fecha de promulgación; además, y para el supuesto de disolución de la entidad donataria o de revocación de su personería jurídica, el dominio del inmueble donado quedará retrotraído de pleno derecho a favor de la Municipalidad de Saladillo sin necesidad de interpelación extrajudicial o judicial alguna.-

ARTÍCULO 5º: Estarán a cargo del donatario los gastos de escrituración que se originen con motivo de lo dispuesto en el artículo 3º.-

ARTÍCULO 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archivese.-

DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veinticinco  días del mes de septiembre de dos mil dieciocho.-

ORDENANZA Nº 105/2018.-

Buscar proyecto por concejal