Ordenanza N° 11/2001

  • Fecha de sanción: 05/03/2001
  • N° Promulgación: 1976
  • Decreto Promulgación: 59/01

CONVENIO CON EL MRIO. DE OBRAS PCAS. A TRAVES DE ORGANIZACIONES COOPERATIVAS PARA PROVEER DE ENERGIA ELECTRICA A DISTINTOS BARRIOS DE SALADILLO Y PROVISION DE GAS NATURAL A DEL CARRIL Y POLVAREDAS.-

VISTO el expediente nº 304/00, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente nº 2322/00, que eleva proyecto de Ordenanza suscribiendo convenios con el MInisterio de Obras y Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires a través de organizaciones Cooperativas;

que, el Plan de Expansión de Obras Básicas Municipales impulsado por el Gobierno Provincial a través del Ministerio de Obras y Servicios Públicos, el Banco de la Provincia de Buenos Aires y las Organizaciones de Cooperativas APEBA (Asociación de Prestadores de Electricidad de la Provincia de Buenos Aires), FEDECOBA (Federación de Cooperativas Eléctricas de la Provincia de Buenos Aires) y FICE (Federación Interregional de Cooperativas Eléctricas), de acuerdo al Convenio Marco suscripto entre las partes;

que, el Señor Intendente Municipal ha manifestado su adhesión a este Plan en forma conjunta con la cooperativa Eléctrica de Consumo y Otros Servicios de Saladillo Limitada, para realizar la Provisión de Energía Eléctrica a Distintos Barrios de Saladillo y con la Cooperativa Telefónica y Otros Servicios Públicos de Polvaredas Limitada y la Cooperativa de Agua Potable y Otros Servicios de Del Carril Limitada, para realizar la obra de Provisión de Gas Natural a Del Carril y Polvaredas, según notas adjuntas a la presente y que constan a fs. 12 y 13 del expediente 2322/00;

que, es necesario efectuar la ampliación del servicio eléctrico domiciliario en distintos sectores de la planta urbana de Saladillo y las localidades del Interior, especialmente en los terrenos adquiridos en el marco del Plan Familia Propietaria;

que, la provisión de gas natural para las localidades de Del Carril y Polvaredas es una obra largamente esperada por los vecinos del lugar y posibilitaría el acceso a un importante servicio que mejora la calidad de vida de los mismos;

que, dicho Plan es una alternativa válida para implementar el desarrollo de distintas obras públicas en el Partido de Saladillo sumando esfuerzos de los sectores pertenecientes a las entidades cooperativas, el estado y las instituciones de financiamiento; y

CONSIDERANDO que en la Sesión Extraordinaria llevada a cabo el día 5 de marzo de 2001, este Honorable Cuerpo aprobó el despacho de la Comisión de Obras Públicas y Vialidad que recomienda la aprobación del mismo;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1º: Autorízase al Poder Ejecutivo a suscribir los Convenios que correspondan con el Ministerio de Obras y Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires, la Cooperativa Eléctrica de Consumo y Otros Servicios de Saladillo Limitada, la Cooperativa Telefónica y Otros Servicios Públicos de Polvaredas Limitada y la Cooperativa de Agua Potable y Otros Servicios de Del Carril Limitada, con el fin de impulsar la concreción de las obras de Provisión de Energía Eléctrica a Distintos Barrios de Saladillo y Provisión de Gas Natural a Del Carril y Polvaredas.-

ARTICULO 2º: La autorización expresada en el Artículo 1º se halla comprendida dentro del Plan de Obras Básicas Municipales impulsada por el Gobierno Provincial según CONVENIO MARCO celebrado entre el Ministerio de Obras y Servicios Públicos, el Banco de la Provincia de Buenos Aires y las Organizaciones de Cooperativas APEBA (Asociación de Prestadores de Electricidad de la Provincia de Buenos Aires), FEDECOBA (Federación de Cooperativas Eléctricas de la Provincia de Buenos Aires) y FICE (Federación Interregional de Cooperativas Eléctricas), cuyos convenios constan a fs. 4/7 del expediente 2322/00.-

ARTICULO 3º: Los términos de los Convenios mencionados en el Artículo 1º respetarán las cláusulas del modelo adjunto a la presente, que consta a fs. 8/11 del expediente 2322/00.-

ARTICULO 4º: Declárase de Utilidad Pública y Pago Obligatorio las obras mencionadas en el Artículo 1º para todos los vecinos frentistas beneficiados con las mismas.-

ARTICULO 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los cinco días del mes de marzo del año dos mil uno.-

ORDENANZA Nº 11/01.-

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