Ordenanza N° 110/2019

  • Fecha de sanción: 19/11/2019
  • N° Promulgación: 3545
  • Decreto Promulgación: 2829/2019

 VISTO el expediente n° 214/2019, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente 3972/2019, quién eleva proyecto de Ordenanza referente a convalidar las adjudicaciones de diferentes ítems correspondientes a la Licitación Pública n° 3/2019; que, el convenio fué suscripto con la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad […]

 VISTO el expediente n° 214/2019, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente 3972/2019, quién eleva proyecto de Ordenanza referente a convalidar las adjudicaciones de diferentes ítems correspondientes a la Licitación Pública n° 3/2019;

que, el convenio fué suscripto con la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de Saladillo mediante el cual, la Provincia delega en el Municipio el funcionamiento del sistema de transporte escolar terrestre para todos los alumnos que se encuentren debidamente autorizados por la Dirección de Logística, con vigencia para el ciclo lectivo 2019, a partir del mes de marzo de 2019 y extendiéndose a la etapa de compensatorios;

que, por expediente 2060-J-2019 y mediante el dictado del Decreto 691/2019 se dio inicio al proceso de licitación pública nº 3/19 para la contratación de transporte escolar terrestre desde el día 2 de mayo al día 31 de diciembre de 2019, inclusive, el cual tiene un presupuesto oficial de cinco millones ochocientos trece mil seiscientos setenta y cuatro con 20/100 ($ 5.813.674,20);

que, con fecha 29 de abril de 2019 se realizó el acto de apertura de sobres del cual surge que los ítems 2, 14, 36, 46 y 48 fueron cotizados solamente por la firma Osvaldo Rubén Ortalli, los ítems 11, 21, 38, 55 y 57 fueron cotizados exclusivamente por la firma Cordero Nancy Ethel, los ítems 13, 16, 23, 27, 30, 31, 40 fueron cotizados exclusivamente por la firma Carlos Alberto Cordero, los ítems 4, 10, 15, 17, 20, 22, 32, 33, 41, 44, 45, 47, 56, 59, 60 resultaron cotizados únicamente por la firma Marcelo Eloy Bravo y los ítems 12, 26 y 28 fueron cotizados únicamente por la firma Osvaldo Carletti;

que, desde el Departamento Ejecutivo se interpretó que no resulta de aplicación lo dispuesto en el artículo 155° del Decreto Ley 6769/58 ya que si bien en particular, sobre dichos ítems hubo una sola cotización, en la licitación pública en general hubo cinco ofertas, por lo que mediante el artículo 1° del Decreto 952/2019 se procedió a adjudicar los ítems a las oferentes;

que, conforme a lo informado de manera verbal por la Relatora del Honorable Tribunal de Cuentas por tratarse de una sola cotización en los ítems mencionados y al haberse realizado la adjudicación por ítems no puede considerarse a las ofertas de manera global resultando de aplicación lo dispuesto en el artículo 155° del Decreto Ley 6769/58;

que, dejando de lado criterios interpretativos, a efectos de evitar planteos contradictorios resulta necesario que la adjudicación de los ítems mencionados sea convalidada por el Honorable Concejo Deliberante; y

CONSIDERANDO que en la Décima Séptima Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 19 de noviembre de 2019, este Honorable Cuerpo aprobó por mayoría el despacho de la Comisión de Presupuesto y Hacienda, que aconseja sancionar el mencionado proyecto;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

O R D E N A N Z A

ARTÍCULO 1°: Convalídese la adjudicación efectuada por el artículo 1° del Decreto 952/2019 de los ítems 2, 14, 36, 46 y 48 a la firma Osvaldo Rubén Ortalli, de los ítems 11, 21, 38, 55 y 57 a la firma Cordero Nancy Ethel, de los ítems 13, 16, 23, 27, 30, 31, 40 a la firma Carlos Alberto Cordero, de los ítems 4, 10, 15, 17, 20, 22, 32, 33, 41, 44, 45, 47, 56, 59, 60 a la firma Marcelo Eloy Bravo y de los ítems 12, 26 y 28 a la firma Osvaldo Carletti.-

ARTÍCULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los diecinueve días del mes de noviembre del año dos mil diecinueve.-

ORDENANZA N° 110/2019.-

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