Ordenanza N° 111/2018
- Fecha de sanción: 11/09/2018
- N° Promulgación:
- Decreto Promulgación:
VISTO el expediente nº 347/2018, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente nº 6295/2018, quién eleva proyecto de Ordenanza referente a fijar nuevos valores de las asignaciones familiares a los empleados municipales; que, el Decreto Nº 1985/2018, ad-referéndum del Honorable Cuerpo fija escalas y montos para las asignaciones familiares a partir del 1º de […]
VISTO el expediente nº 347/2018, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente nº 6295/2018, quién eleva proyecto de Ordenanza referente a fijar nuevos valores de las asignaciones familiares a los empleados municipales;
que, el Decreto Nº 1985/2018, ad-referéndum del Honorable Cuerpo fija escalas y montos para las asignaciones familiares a partir del 1º de septiembre de 2018;
que, la Ley 24.714 y sus modificatorias instituye con carácter nacional y obligatorio al Régimen de Asignaciones Familiares para los trabajadores que presten servicios remunerados en relación de dependencia en la actividad pública nacional;
que, asimismo la Ley 14.656 regulatoria del empleo público municipal en la Provincia de Buenos Aires, establece entre los derechos del trabajador municipal subsidios y asignaciones familiares conforme a la ley nacional;
que, en el marco de las negociaciones llevadas a cabo entre el Departamento Ejecutivo Municipal, el Sindicato de Trabajadores Municipales y la Unión Personal y Civil de la Nación (U.P.C.N.) se acordó un incremento salarial de $ 2.200, pagaderos $ 700 a partir de abril 2018, $ 700 a partir de mayo 2018 y $ 800 a partir de septiembre 2018;
que, a consecuencia del aumento referido, y conforme a la actual escala y montos para las asignaciones familiares muchos de los trabajadores dejarían de percibirla;
que, razones de justicia social hacen necesario implementar políticas que impulsen medidas orientadas a proteger los intereses de los trabajadores de este municipio;
que, resulta entones necesario, efectuar una modificación en las escalas y/o tramos de sueldos, y en idéntico porcentaje que el aumento que el trabajador perciba, a fin de evitar la pérdida de las prestaciones en relación a los salarios; y
CONSIDERANDO que en la Décima Segunda Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 25 de septiembre de 2018, este Honorable Cuerpo aprobó el despacho de la Comisión de Prespuesto y Hacienda, que aconseja sancionar el mencionado proyecto;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: Fíjese a partir del 1º de septiembre de 2018 las escalas de Asignaciones Familiares que a continuación se detallan:
Asignación por Hijo
Remuneración entre | $ 0,00 | y | $ 7.043,31 | $ 340 | |
Remuneración entre | $ 7.043,32 | y | $ 8.603,31 | $ 250 | |
Remuneración entre | $ 8.603,32 | y | $ 10.683,31 | $ 160 | |
Remuneración entre | $ 10.683,32 | y | $ 21.083,31 | $ 90 | |
Más de | $ 21.083,32 | y | $ – | $ – |
Asignación por Hijo con Discapacidad
Remuneración entre | $ 0,01 | y | $ 13.895,00 | $ 2.730 | |
Remuneración entre | $ 13.895,01 | y | $ 15.910,00 | $ 1.930 | |
Remuneración entre | $ 15.910,01 | y | $ – | $ 1.217 |
ARTÍCULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veinticinco días del mes de septiembre del año dos mil dieciocho.-
ORDENANZA Nº 111/2018.-