Ordenanza N° 116/2017
- Fecha de sanción: 14/11/2017
- N° Promulgación: 3213
- Decreto Promulgación: 2690/2017
VISTO el expediente nº 325/2016, iniciado por el Departamento Ejecutivo Municipal, mediante expediente nº 4098-2880/2017, quién eleva proyecto de Ordenanza modificando el artículo 2º de la Ordenanza Nº 82/2016; que, la Ordenanza Nº 82/2016, promulgada bajo el número 3077, mediante Decreto Nº 2161/2016, de fecha 1º de diciembre de 2016 por la cual se aprueba […]
VISTO el expediente nº 325/2016, iniciado por el Departamento Ejecutivo Municipal, mediante expediente nº 4098-2880/2017, quién eleva proyecto de Ordenanza modificando el artículo 2º de la Ordenanza Nº 82/2016;
que, la Ordenanza Nº 82/2016, promulgada bajo el número 3077, mediante Decreto Nº 2161/2016, de fecha 1º de diciembre de 2016 por la cual se aprueba la venta del inmueble designado catastralmente como Circunscripción I, Sección M, Chacra 336, Manzana 336 g, Parcela 1; Partida Inmobiliaria Nº 22812-5; inscripto en la Matrícula 2613 del Partido de Saladillo (093), efectuada por la Municipalidad de Saladillo en el marco del denominado Plan Familia Propietaria, por boleto de compraventa de fecha 30 de abril de 2009, a favor del Sr. Mauricio Fernando ROLDAN, con D.N.I. Nº 29.223.808;
que, en el artículo 2º de la mencionada Ordenanza se declara de interés social la escrituración a favor del Sr. Mauricio Fernando ROLDAN, con D.N.I. Nº 29.223.808;
que, atento a ello mediante expediente 4098-2880/2017 caratulado “Roldan Mauricio Fernando s/ Solicita Escrituración” se da intervención a la Subsecretaría Social de Tierras, Urbanismo y Vivienda de la Provincia de Buenos Aires a efectos de tramitar la escrituración por intermedio de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires;
que, a fs. 23 del mencionado expediente se solicita al Departamento Ejecutivo Municipal el dictado de un acto administrativo por el cual se requiera de manera expresa la intervención de la Escribanía General de Gobierno a los fines de autorizar el otorgamiento de la escritura traslativa de dominio, todo ello conforme al artículo 3º de la Ley Nº 10.830;
que, el artículo 3º de la Ley Nº 10.830 establece: “La intervención de la Escribanía General de Gobierno deberá ser requerida por los funcionarios que determine el Poder Ejecutivo…”;
que, resulta necesario destacar que, no obstante la dispuesto por el artículo 3º, dicho requisito nunca antes había sido solicitado bastando solo la declaración de interés social de la escrituración;
que, para dar cumplimiento a lo solicitado a fs. 23 debería modificarse el artículo 2º de la Ordenanza Nº 82/2016, promulgada bajo el número 3077, a efectos de solicitarse la intervención de la Escribanía General de Gobierno; y
CONSIDERANDO que en la Décima Quinta Sesión Ordinaria llevada a cabo el día 14 de noviembre de 2017, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Presupuesto y Hacienda, que aconseja sancionar el mencionado proyecto;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: Modificase el artículo 2º de la Ordenanza Nº 82/2016, promulgada bajo el número 3077, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“ARTICULO 2º: Declárase de Interés Social la escrituración del inmueble detallado en el artículo anterior a favor del Sr. Mauricio Fernando ROLDAN, con D.N.I. Nº 29.223.808, a cuyo efectos requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires a fin de autorizar su otorgamiento.”.-
ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los catorce días del mes de noviembre del año dos mil diecisiete.-
ORDENANZA Nº 116/2017.-