Ordenanza N° 121/2018
- Fecha de sanción: 09/10/2018
- N° Promulgación:
- Decreto Promulgación:
VISTO el expediente nº 254/2018, iniciado por los Concejales Marcos Macagno, Matías Fosco, Alejandro Armendáriz y Manuel Cisneros del Bloque de Cambiemos, quienes elevan proyecto de Ordenanza referente a crear en el distrito de Saladillo la Libreta de Salud Infanto-Juvenil; que, la Ley Provincial N° 10.108 establece la libreta sanitaria materno/infantil de la Provincia […]
VISTO el expediente nº 254/2018, iniciado por los Concejales Marcos Macagno, Matías Fosco, Alejandro Armendáriz y Manuel Cisneros del Bloque de Cambiemos, quienes elevan proyecto de Ordenanza referente a crear en el distrito de Saladillo la Libreta de Salud Infanto-Juvenil;
que, la Ley Provincial N° 10.108 establece la libreta sanitaria materno/infantil de la Provincia de Buenos Aires;
que, como Estado debemos promover políticas concretas en materia de salud y desarrollo social;
que, las instituciones deportivas, tienen un rol fundamental en la contención y prevención de los niños y adolescentes de nuestra ciudad;
que, articulando con dichas instituciones nos permitirá obtener un conocimiento más acabado de la salud de los niños y jóvenes, como así también, indicadores de su realidad social y sus problemáticas socioculturales.
que, es indispensable desde el Estado Municipal, fomentar hábitos saludables en la población;
que, la obtención de datos estadísticos, mejora la implementación de las políticas públicas; y
CONSIDERANDO que en la Décima Tercera Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 09 de octubre de 2018, este Honorable Cuerpo aprobó el despacho de la Comisión de Salud Pública, Ecología y Medio Ambiente, que aconseja sancionar el mencionado proyecto con modificaciones;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1°: Créase en el ámbito del distrito de Saladillo la “Libreta de salud infanto/juvenil” para toda persona que tenga entre 6 y 18 años de edad.-
ARTICULO 2°: Establézcase en todo el distrito de Saladillo la obligatoriedad del control de salud por estudio a todo niño, joven y adolescente de forma anual, cualquiera sea la fecha.-
ARTICULO 3°: IMPLEMENTACIÓN
- a) Dicha evaluación constará de los estudios médicos establecidos en el Anexo 1 y tendrá que ser firmado por un médico matriculado de una especialidad acorde a la edad del paciente.-
b) Hasta los 14 años, el niño o joven deberá ser acompañado por sus padres, tutores, representantes de la Institución y/o Asociación y/o Escuela donde desempeña, para realizarse el examen médico.-
c) Dicha libreta, tendrá validez para ser presentada en cualquier institución del distrito, teniendo esta, una vigencia anual.-
d) La libreta la proveerá la Municipalidad de Saladillo y contará además con los siguientes datos:
-Nombre y apellido del titular.-
-Documento de Identidad del titular.-
-Foto del menor o joven.-
-Domicilio del titular.-
ARTICULO 5°: DE LAS INSTITUCIONES DEPORTIVAS
- a) Oblíguese a las instituciones deportivas de la Ciudad de Saladillo, a pedir la Libreta de Salud Infanto/Juvenil a la hora de la inscripción del chico/a/ joven a la institución.-
- b) Los jóvenes de 13 años (inclusive) para arriba que desarrollen actividades deportivas en dichas instituciones, deberán adjuntar a la Libreta de Salud, el examen cardiológico, que se detallará en el anexo 2 y tendrá una validez de tres años, siempre y cuando los chicos/as/jóvenes resulten aptos para la actividad física.
ARTICULO 6°: Los clubes deberán presentar fotocopias de todas las Libretas Sanitarias, de los chicos/as/jóvenes (de 6 a 18 años) que pertenecen a la institución a la Subsecretaria de Deportes de la Municipalidad de Saladillo todos los años, antes de que finalice el mes de Mayo, sino quedarán automáticamente inhabilitados para recibir todo tipo de aporte económico proveniente de la Municipalidad, hasta que regularicen su situación. Con el solo requisito de que las libretas de los chicos/as/jóvenes no tengan más de un año a la hora de la presentación.-
ARTICULO 7°: La Municipalidad de Saladillo, deberá exigir la Libreta de Salud Infanto/Juvenil comprendida en la Ley Provincial Nº 10.108 en los Jardines Maternales Municipales y en los Centros de Atención Integral (CAI).-
ARTICULO 8°: Establézcase la autoridad de aplicación.-
ARTICULO 9°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los nueve días del mes de octubre del año dos mil dieciocho.-
ORDENANZA Nº 121/2018.-
Dejo constancia que………………………………….………DNI Nº…………………. Fecha de nacimiento……………………………, ha sido evaluada clínicamente en el día de la fecha encontrándose en condiciones de salud para realizar actividades físicas y deportivas, que correspondan a su edad, sexo, contextura física y grado de maduración y desarrollo. Bajo supervisión de personal idóneo.
(Fotocopiar y presentar en escuela, club, gimnasio)
Fecha de control Firma y Sello | Próximo control Firma y Sello | Fecha de control Firma y Sello | Próximo control Firma y Sello |
Fecha de control Firma y Sello | Próximo control Firma y Sello | Fecha de control Firma y Sello | Próximo control Firma y Sello |
Carnet de Salud de …….. Fecha de nacimiento DNI | |||||||||||||||||
FECHA de control | EDAD | VACUNAS COMPLETAS | PESO | TALLA | IMC | TA | FC | EXAMEN BUCAL | EX. FÍSICO GRAL | Anteced. Riesgo Cardiovasc. | |||||||
DIA | MES | AÑO | AÑOS | MESES | perc | perc | perc | en LIMITES NORMALES | |||||||||
SI | NO | SI | NO | SI | NO | SI | NO | ||||||||||
OBSERVACIONES CONTROL OFTALMOLÓGICO (sugerido a los 6, a los 11 y a los 16 años) CONTROL CARDIOLÓGICO (sugerido una vez entre los 7 y 14 años y una vez después de los 15) Promoción de Hábitos Saludables y de Salud Sexual Integral. Pesquiza de Enfermedades de Transmisión Sexual si corresponde FIRMA Y SELLO DE EL/LA PROFESIONAL | |||||||||||||||||
FECHA de control | EDAD | VACUNAS COMPLETAS | PESO | TALLA | IMC | TA | FC | EXAMEN BUCAL | EX. FÍSICO GRAL | Anteced. Riesgo Cardiovasc. | |||||||
DIA | MES | AÑO | AÑOS | MESES | perc | perc | perc | en LIMITES NORMALES | |||||||||
SI | NO | SI | NO | SI | NO | SI | NO | ||||||||||
OBSERVACIONES FIRMA Y SELLO DE EL/LA PROFESIONAL | |||||||||||||||||
FECHA de control | EDAD | VACUNAS COMPLETAS | PESO | TALLA | IMC | TA | FC | EXAMEN BUCAL | EX. FÍSICO GRAL | Anteced. Riesgo Cardiovasc. | |||||||
DIA | MES | AÑO | AÑOS | MESES | perc | perc | perc | en LIMITES NORMALES | |||||||||
SI | NO | SI | NO | SI | NO | SI | NO | ||||||||||
OBSERVACIONES FIRMA Y SELLO DE EL/LA PROFESIONAL | |||||||||||||||||
FECHA de control | EDAD | VACUNAS COMPLETAS | PESO | TALLA | IMC | TA | FC | EXAMEN BUCAL | EX. FÍSICO GRAL | Anteced. Riesgo Cardiovasc. | |||||||
DIA | MES | AÑO | AÑOS | MESES | perc | perc | perc | en LIMITES NORMALES | |||||||||
SI | NO | SI | NO | SI | NO | SI | NO | ||||||||||
OBSERVACIONES FIRMA Y SELLO DEL PROFESIONAL | |||||||||||||||||
FECHA de control | EDAD | VACUNAS COMPLETAS | PESO | TALLA | IMC | TA | FC | EXAMEN BUCAL | EX. FÍSICO GRAL | Anteced. Riesgo Cardiovasc. | |||||||
DIA | MES | AÑO | AÑOS | MESES | perc | perc | perc | en LIMITES NORMALES | |||||||||
SI | NO | SI | NO | SI | NO | SI | NO | ||||||||||
OBSERVACIONES FIRMA Y SELLO DE EL/LA PROFESIONAL |
ANEXO 2
EXAMEN CARDIOLÓGICO
AL INICIO DEL DEPORTE COMPETITIVO:
Se realiza una vez a los 13 años y otra vez entre los 15 años.
Se repetirá antes si aparece patologíaen el/la adolescente o en algún familiaro si se detecta riesgo en los controles en salud anuales (de pediatría o clínica)
Examen físico
–Evaluación ruidos cardíacos
-Evaluación pulsos periféricos miembros superiores y femorales
-Visceromegalias
-Evaluación tensión arterial y saturación de oxígeno en miembros superiores
-Signos del Síndrome de Marfán
Se sugiere serología para Enfermedad de Chagas en zonas endémicas
Electrocardiograma de 12 derivaciones
Evaluar criterios de Brugada, Hipertrofia VI, QT prolongado
Si algún elemento de la historia clínica es positivo, el profesional indicará todos los
estudios v consultas que crea conveniente para poder evaluar adecuadamente al
jugador/a.
-Ecocardiograma -Ergometría -Otros
Observaciones:__…………………………………________________________________________________________
Dejo constancia que……………………………………………………………………
DNI Nº……………………….. de …………… años de edad, cuya historia clínica queda ………………………………………………………………………………………… , ha sido evaluado/a en el día de la fecha encontrándose en condiciones de salud cardiovascular para realizar actividades deportivas competitivas, bajo la supervisión de personal idóneo.
Esta evaluación disminuye las probabilidades de sufrir algún evento cardiovascular agudo pero no excluye totalmente la posibilidad de su aparición.
Firma y Sello del Médico/a Fecha: / /
Próximo control sugerido en………..años (se entrega copia de la misma a el/la paciente)
Debe ser evaluad@ antes de esa fecha si aparece patología en el/la adolescente o en algún familiar o si se detecta riesgo en los controles en salud anuales (de pediatría o clínica)