Ordenanza N° 123/2018

  • Fecha de sanción: 09/10/2018
  • N° Promulgación:
  • Decreto Promulgación:

VISTO el expediente nº 343/2018, iniciado por el Bloque de Concejales de Cambiemos,  quién eleva proyecto de Ordenanza adhiriendo a la Ley Provincial Nº 15.051;   que, la Ley Provincial N° 15.051, establece la obligatoriedad de que en los establecimientos gastronómicos de la Provincia, se exhiban carteles explicativos sobre como efectuar la Maniobra de Heimlich; […]

VISTO el expediente nº 343/2018, iniciado por el Bloque de Concejales de Cambiemos,  quién eleva proyecto de Ordenanza adhiriendo a la Ley Provincial Nº 15.051;

que, la Ley Provincial N° 15.051, establece la obligatoriedad de que en los establecimientos gastronómicos de la Provincia, se exhiban carteles explicativos sobre como efectuar la Maniobra de Heimlich;

que, la Maniobra de Heimlich es una serie de compresiones abdominales bajo el diafragma, que sirve para despejar las vías respiratorias, cuando una persona se atraganta con un pedazo de comida o algún objeto extraño;

que, dicha maniobra es el único método actualmente recomendado por la Asociación Americana del Corazón y la Cruz Roja;

que, la representación visual de la Maniobra de Heimlich en los establecimientos gastronómicos servirá para difundir y prevenir cualquier tipo de accidente;

que, está demostrado que dicha maniobra ha sido efectiva para salvar vidas; y

CONSIDERANDO que en la Décima Tercera Sesión Ordinaria, llevada a cabo el 09 de octubre de 2018, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Salud Pública, Ecología y Medio Ambiente, que aconseja sancionar el mencionado proyecto;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

O R D E N A N Z A

ARTÍCULO 1º: Adherir a la Ley Provincial N° 15.051, por la cual se establece la obligatoriedad  de que en los establecimientos gastronómicos, se exhiban carteles explicativos sobre como efectuar la Maniobra de Heimlich.-

ARTÍCULO  2º: Desígnese la autoridad de aplicación.-

ARTÍCULO  3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo , dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los nueve dias del mes de octubre del año dos mil dieciocho.-

ORDENANZA Nº 123/2018.-

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