Ordenanza N° 125/2019

  • Fecha de sanción: 16/12/2019
  • N° Promulgación:
  • Decreto Promulgación:

   VISTO el expediente n° 266/2019, iniciado por el Departamento Ejecutivo, mediante expediente n° 7662/2019, quien eleva proyecto de Ordenanza referente a modificar los Capítulos Vlll y lX de la Ordenanza N° 97/2019 -Código de Ordenamiento Urbano de la ciudad de Saladillo-; que, la Ordenanza promulgada bajo el número 3532 (HCD 97/2019) que aprueba el […]

 VISTO el expediente n° 266/2019, iniciado por el Departamento Ejecutivo, mediante expediente n° 7662/2019, quien eleva proyecto de Ordenanza referente a modificar los Capítulos Vlll y lX de la Ordenanza N° 97/2019 -Código de Ordenamiento Urbano de la ciudad de Saladillo-;

que, la Ordenanza promulgada bajo el número 3532 (HCD 97/2019) que aprueba el Código de Ordenamiento Urbano de la ciudad de Saladillo;

que, la Dirección de Ordenamiento Urbano y Territorial de la Provincia de Buenos Aires resolvió convalidar la mencionada Ordenanza excluyendo de dicha convalidación a lo dispuesto en el Capítulo VIII “Zonificación, carácter y normas específicas de áreas y zonas” y en el Capítulo IX “Clasificación de Usos” referente al uso permitido de Vivienda Multifamiliar en la Zona Residencial Extraurbana;

que, la exclusión se debe a que lo allí normado no encuadra en lo establecido en los Artículos 7° y 29° del Decreto Ley 8912/77;

que, para obtener la convalidación completa del Código de Ordenamiento Urbano resulta necesario proceder a su readecuación teniendo en cuenta para ello lo normado por los Artículos 7° y 29° del Decreto Ley 8912/77, como así también la realidad fáctica de dicha zona;

que, en consonancia con ello resulta necesario resaltar que se busca consolidar jurídicamente un barrio generado con anterioridad a la sanción del Decreto Ley 9812/77, respectando las características que lo circundan;

que, a ello hay que sumarle un dato no menor, cual es la creación por Ordenanza 3504 (HCD 69/2019) de la Localidad de Saladillo Norte en la cual se encuentra inserto dicho barrio; y

CONSIDERANDO que en la Sesión Extraordinaria, llevada a cabo el día 16 de diciembre de 2019, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Obras Públicas y Vialidad, que aconseja sancionar el mencionado proyecto;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

O R D E N A N Z A

ARTÍCULO 1°: Modificar del Capítulo VIII “Zonificación, carácter y normas específicas de áreas y zonas” del Código de Ordenamiento Urbano de la ciudad de Saladillo, aprobado por Ordenanza 3532 (HCD 97/19), lo dispuesto con relación al cuadro RE 2, el cual quedará redactado de la siguiente manera:

RE 2RESIDENCIAL EXTRAURBANA 2SALADILLO
CARÁCTER  Zona destinada predominantemente al uso residencial de baja densidad.  
OBJETIVO A LOGRAR  Consolidar la imagen residencial con predominio del espacio abierto.  
USOS 
PREDOMINANTEResidencial. CUF: 2 viviendas por parcela
COMPLEMENTARIO 
USOS ADMITIDOSVer planilla de usos
MORFOLOGÍA 
RETIROS:Frente: 
Lateral: 
Fondo:20% largo de parcela
Altura de edif. Máxima:7,5m
Normas GeneralesCapitulo III
ESPACIO PÚBLICO Y PAISAJE
  Consolidar la imagen urbana de la zona a partir de acciones de mejoramiento y definición del espacio público relativa a forestación, iluminación, y parquización del espacio público y privado.  
INDICADORES 
 F.O.S0,6I.P.:0.20
 F.O.T0,6Densidad:120 hab/ha
 PARCELA MINIMA:Frente:  20m Superficie: 600 m2
–       Ver Disposiciones Particulares
SERVICIOS
Red de agua corriente – Red de energía eléctrica domiciliaria – Alumbrado público – Desagües pluviales – Proyecto de eliminación de excretas –  Mejorado de calles.
DISPOSICIONES PARTICULARES
  * La conformación del espacio público se regirá por lo dispuesto en el capítulo VII.

ARTÍCULO 2°: Sustituir el cuadro del Capítulo IX “Clasificación de Usos”, por el siguiente, con la modificación introducida referente a la exclusión del uso permitido de Vivienda Multifamiliar en la Zona Residencial Extraurbana 2:

ARTÍCULO 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese. –

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los dieciséis días del mes de diciembre del año dos mil diecinueve.-

ORDENANZA N°125/2019.-

Buscar proyecto por concejal