Ordenanza N° 126/2017
- Fecha de sanción: 14/11/2017
- N° Promulgación: 3222
- Decreto Promulgación: 2766/2017
VISTO el expediente nº 384/2016, iniciado por el Concejal Pablo Perel del Bloque de la Unión Cívica Radical, quien eleva proyecto de Ordenanza referente a imponer el nombre “31 de Julio” a una calle de nuestra ciudad; que, el día 31 de julio se celebra el aniversario de la fundación de nuestra ciudad; […]
VISTO el expediente nº 384/2016, iniciado por el Concejal Pablo Perel del Bloque de la Unión Cívica Radical, quien eleva proyecto de Ordenanza referente a imponer el nombre “31 de Julio” a una calle de nuestra ciudad;
que, el día 31 de julio se celebra el aniversario de la fundación de nuestra ciudad;
que, dicha fecha es, para los saladillenses, y junto a otras fechas que constituyen los hitos fundacionales de la Patria, una de las más caras a sus sentimientos;
que, la Av. Mariano Acosta, antes de denominarse así, tuvo como nombre “31 de julio” dando así, precisamente, nombre al barrio homónimo que nace y se extiende a continuación, hacia el norte de la ciudad;
que, actualmente, y a partir del cambio de nombre de la arteria mencionada, no existe calle alguna que posea de nombre la fecha correspondiente al acto fundacional de nuestra ciudad;
que, debido a ello resulta necesario designar con el nombre “31 de Julio” a una calle de nuestra ciudad, y facultar al Departamento Ejecutivo para que determine a qué calle de la ciudad designará con dicho nombre; y
CONSIDERANDO que en la Décima Quinta Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 14 de noviembre de 2017, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión Transitoria de Designación de Calles y Sitios Públicos, que recomienda su aprobación modificando el artículo 2º;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Impóngase el nombre “31 de Julio” a una calle de la ciudad de Saladillo.-
ARTICULO 2º: Facúltase al Departamento Ejecutivo a designar con el nombre impuesto en el artículo anterior, a la calle que resulten menester en atención a las necesidades y circunstancias del ordenamiento urbano, priorizándose la designación de calles en el barrio homónimo o sus cercanías.-
ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los catorce días del mes de noviembre del año dos mil diecisiete.-
ORDENANZA Nº 126/2017.-