Ordenanza N° 126/2018

  • Fecha de sanción: 09/10/2018
  • N° Promulgación:
  • Decreto Promulgación:

VISTO el expediente Nº 224/2018, iniciado por el Colectivo por la Memoria, Verdad y Justicia , quién eleva nota adjuntando proyecto de Ordenanza referente a proceder a la señalización de los espacios públicos con nombres de las víctimas del terrorismo de estado (1976-1983);     que, el Colectivo por Memoria, Verdad y Justicia de Saladillo […]

VISTO el expediente Nº 224/2018, iniciado por el Colectivo por la Memoria, Verdad y Justicia , quién eleva nota adjuntando proyecto de Ordenanza referente a proceder a la señalización de los espacios públicos con nombres de las víctimas del terrorismo de estado (1976-1983);

que, el Colectivo por Memoria, Verdad y Justicia de Saladillo tiene como objetivo principal inscribir en la historia de Saladillo los nombres y biografías  de los militantes populares  desaparecidos o asesinados por el terrorismo de estado (1976-1983) que nacieron en Saladillo, son hijos de saladillenses o tienen familiares viviendo en nuestra comunidad;

que, por Decreto Nº 59/2016 se declaró de Interés Público Municipal el desarrollo de actividades sociales, culturales, artísticas, de formación, en articulación con organismos especializados en defensa y promoción de los Derechos Humanos de carácter local, provincial , nacional y/o internacional, con el fin de reconstruir la vida de los ciudadanos argentinos nacidos o con vínculos parentales o de residencia en Saladillo, víctimas del terrorismo de estado de la última dictadura cívica y militar;

que, el Colectivo por Memoria, Verdad y Justicia de Saladillo ha organizado y participado en distintas actividades en el sentido antes mencionado, como fue el diseño  y construcción con la participación de distintos actores de la comunidad, de un memorial ubicado en el Paseo de la Memoria  de nuestra ciudad, donde se observan imagenes  con los rostros de “nuestros”  desaparecidos y asesinados  por la última dictadura militar; además de ser parte de actos, homenajes, reconocimientos públicos,  marchas,  disertaciones,  elaboración  y socialización de materials impresos y audiovisuales, trabajo de investigación y elaboracion de sus biografías,  difusión en las redes sociales de su actividad ….;

que, a partir del presente año se ha propuesto realizar la señalización de los espacios físicos que por diversas razones han sido significativos para cada uno de los militantes populares desaparecidos o asesinados por el terrorismo de estado (1976-1983);

que, Organismos de Derechos Humanos, asociaciones barriales, gestiones de gobiernos provinciales y municipales, se han ocupado de realizar este tipo de marcas como las conocidas Baldosas por la Memoria y las Esquinas por la Memoria;

que,  las marcas en la señalética de las  calles  instalan hitos, mojones de memoria. Sobre las señales de las calles se orienta el transeúnte,  decide su rumbo, su camino, pero las marcas con los nombres de quienes vivieron,  estudiaron o pisaron diariamente esas cuadras y fueron desaparecidos por el terrorismo de Estado invitan a recordar esa persona,  a su familia y amigos,  sobre la vida de la víctima y,  al hacerlo,  se trasciende su historia personal, introduciéndose en la historia local y nacional;

que, la señalética de las calles es uno de los espacios donde debe trancurrir lo que se recuerda y hacer público lo privado, espacios donde habitaron, rieron, crecieron, amaron, juraron y así compartir la memoria  que construimos entre todos y es de todos;

que, el Colectivo por Memoria, Verdad y Justicia de Saladillo comenzó a concretar este objetivo durante el año en curso , cuando se señalizó la esquina de Avenida San Martín y Avenida Moreno,  donde se encuentra emplazada la Escuela Primaria Nº 1, donde cursó la educación primaria Noemí Esther Giannetti Godoy de Molfino;

que, los nombres de las personas de las que se tiene conocimiento hasta el momento, vinculadas a Saladillo por las razones expuestas son :

-Antonio Enrique Piovoso Mengarelli

-Haydeé Noemí Zagaglia Freddi

-Horacio Vital Pedraza García Guerra

-Lucía Julia Perriere Frías de Furrier

-Luis Ángel Dadone Hansen

-Luis Daniel García Ganchegui

-Marcela Molfino Giannetti de Amarilla

-María del Carmen Núñez Dortona

-Noemí Esther Giannetti Godoy de Molfino

-Osvaldo Roberto Rodríguez Duarte

-Roberto René Fueyo    Pedraza

-Roque Miguel  Núñez Dortona

que, si bien la última dictadura militar excede en su accionar los terribles hechos de violación a los derechos humanos, porque se produjeron atropellos  sobre las instituciones  del Estado, organizaciones políticas , sociales, sindicales, culturales, ejerciéndose censura de todo tipo, produciéndose la más grave destrucción y desarticulación  económica  y social de nuestra historia, es el de las víctimas  de derechos humanos  el que marcó un hito no solo  para nuestro país  sino  para el mundo, por lo que toda acción  tendiente a construir  y fortalecer memoria, verdad y justicia, debe ser motivo  de interés en las políticas  de estado de todos los niveles  de gobierno;

que, en el mismo sentido, las organizaciones no gubernamentales, y distintas  entidades como la sociedad en su conjunto  deben comprometerse  para que en el transcurrir del tiempo  se siga bregando  por mas memoria, verdad y justicia;

que, el Colectivo por Memoria, Verdad y Justicia de Saladillo, ha asumido la responsabilidad , ante el pueblo de Saladillo, los familiares  y amigos  de los desaparecidos  o asesinados  por el terrorismo de  Estado  y son hijos  de saladillenses  o tienen familiares viviendo  en nuestra comunidad, de inscribirlos en nuestra historia;  y

CONSIDERANDO que en la Décima Tercera Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 09 de octubre de 2018, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Desarrollo Social y Derechos Humanos, que aconseja sancionar una Ordenanza;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1º: Se procederá a la señalización de los espacios públicos que, por diversas razones, han sido significativos para cada uno de los militantes populares desaparecidos o asesinados por el terrorismo de estado (1976-1983), que nacieron en Saladillo, son hijos de saladillenses o tienen familiares viviendo en nuestra comunidad.-

ARTICULO 2º: Esta señalización se realizará mediante carteles, sin obstruir la visualizacion de la cartelería pública oficial determinada para orientación e indicaciones referidas al tránsito y ubicación dentro de la ciudad.-

ARTICULO 3º: Debe entenderse como espacios físicos significativos, a la cuadra del domicilio particular, escuela, clubes o lugares simbólicos en la vida del militante asesinado o desaparecido y/o la de su familia.-

ARTICULO 4º: La entidad conocida hoy como Colectivo por Memoria, Verdad y Justicia de Saladillo, la que se ha propuesto esta señalización, comunicará a la Subsecretaría de Cultura, Educación y Derechos Humanos de la actividad de señalización a realizar, especificando lugar y fecha.-

ARTICULO 5º: El Colectivo por Memoria, Verdad y Justicia de Saladillo, comunicará además a la Secretaría de Obras y Servicios Públicos el espacio a señalizar y acordando cuestiones técnicas y operativas.- Quedando bajo responsabilidad del Colectivo por Memoria, Verdad y Justicia de Saladillo el diseño de la señalética, estando la colocación a cargo de Obras Públicas de la Municipalidad de Saladillo.-

ARTICULO 6º: Se reconocen hasta la fecha como personas desaparecidas o asesinadas por el terrorismo de estado que nacieron en Saladillo, son hijos de saladillenses o tienen familiares viviendo en nuestra comunidad a: Antonio Enrique Piovoso Mengarelli, Haydeé Noemí Zagaglia Freddi, Horacio Vital Pedraza García Guerra, Lucía Julia Perriere Frías de Furrier, Luis Angel Dadone Hansen, Luis Daniel García Ganchegui, Marcela Molfino Giannetti de Amarilla, María del Carmen Nuñez Dortona, Noemí Esther Giannetti Godoy de Molfino, Osvaldo Roberto Rodríguez Duarte, Roberto René Fueyo Pedraza y Roque Miguel Nuñez Dortona.- Lo que no excluye la incorporación de otros militantes populares que se identifiquen en adelante como desaparecidos o asesinados en ese contexto.-

ARTICULO 7º: La presente Ordenanza tiene por objeto dar un marco regulatorio a la actividad de señalización propuesta por el Colectivo por Memoria, Verdad y Justicia de Saladillo, respecto a lo referido en los artículos 1º y 6º.-

ARTICULO 8º: Los Considerandos expresados en la fundamentación precedente deben ser parte constitutiva de la presente Ordenanza con fines orientativos en la aplicación de las mismas.-

ARTICULO 9º: El anexo con especificaciones formales es parte del cuerpo de la presente Ordenanza.-

ARTICULO 10º: Comuníquese a la Subsecretaría de Cultura y Educación y Derechos Humanos, a la Secretaría de Obras y Servicios Públicos y al Colectivo por la Memoria, Verdad y Justicia de Saladillo.-

ARTICULO 11º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-

DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO,  a los nueve días del mes de octubre del año dos mil dieciocho.-

ORDENANZA Nº 126/2018.-

ANEXO l

El cartel de señalizacion consta de dos partes unidas al caño de sostén por medio de dos abrazaderas.-

Las dimensiones son: 75 cm. x 30 cm., donde está escrito el nombre del militante popular asesinado o desaparecido por el terrorismo de estado y la razón por la cual se señala, en cada caso, esa esquina.-

La otra chapa es de 30 cm. x 38 cm. e identifica al Colectivo.-

Las chapas, pintadas con pintura Epoxi negra y texto ploteado en blanco serán provistas por el Colectivo a la Secretaría de Obras Públicas, para su colocación.-

Estas chapas serán ubicadas en el caño existente en las esquinas designadas (los que sirven de soporte para las chapas que indican los nombres y numeración de calles).-

Las chapas provistas por el Colectivo serán colocadas 15 cm. aproximadamente por debajo de la señalética de tránsito ya existente.- Por lo que el Colectivo deberá  definir esquinas que posean la señalética municipal de tránsito.-

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