Ordenanza N° 13/1988

  • Fecha de sanción: 27/04/1988
  • N° Promulgación: 1080
  • Decreto Promulgación: 102/88

CREACION DEL MUSEO Y ARCHIVO HISTORICO MUNICIPAL DE SALADILLO.-

VISTO que nuestro país aprobó por la Ley 19.943 (Boletín Oficial de la República Argentina, 22 de noviembre de 1972) la convención sobre las medidas que deben adoptarse para prohibir e impedir la importación, exportación y la transferencia de propiedad ilícita de bienes culturales, y por la Ley 21.836 (Boletín Oficial de la República Argentina, 14 de junio de 1978), la recomendación sobre la protección en el ámbito nacional, del patrimonio histórico, artístico y natural;

que, nuestro Municipio no cuenta con las legislaciones necesarias;

que, existe un desconocimiento y falta de información y un verdadero deterioro en nuestro acervo patrimonial, siendo el hombre el principal agente de destrucción, ya sea por su ingnorancia, su ansia de posesión (coleccionismo) por beneficio propio (comercio), etc.;

que, dicho acervo es patrimonio de la comunidad humana, donde todos y cada uno de sus integrantes, jurídicamente organizados, tienen no solo derecho al mismo, tal como lo consagra la Declaración Universal de los Derechos Humanos aprobada por las Naciones Unidas en 1948,sino también la obligación de defender y proteger al bien legado, único testimonio de un pasado común que explica la circunstancia presente y condiciona al futuro inmediato;

que, el patrimonio cultural de la localidad comprende el resultado de todas las formas de la actividad humana, tanto las creaciones materiales como espirituales, que son el producto de la experiencia acumulada, transmitida de generación en generación y de pueblo en pueblo, a través del tiempo;

que, en este contexto, la tarea del Municipio en el ámbito de su accionar cultural debe consistir en asegurar el acceso de la población del patrimonio (arqueológico, histórico y natural) a través del Museo y proveer a dicho establecimiento de los dispositivos adecuados y universalmente reconocidos y aceptados para depósitos de valores, cualquiera sea la forma que estos revisten;

por, lo antedicho es necesario la creación de un establecimiento permanente administrador para el interés general con el objeto de conservar, estudiar, valorar por distintos medios, para el deleitey la educación del público y esencialmente exponer un conjunto de elementos de valor cultural.;

que, son antecedentes valiosos las actuaciones efectuadas;

* Entre el Municipio de Saladillo y el Banco de la Provincia de Buenos Aires, el cual cede a esta Municipalidad el inmueble en que funcionara el Banco de la Provincia hasta 1984.-

* El Decreto 819/85 (Junta promotora).-

* El Decreto 356/85 (Junta Administradora).-

* El Decreto 233/85.-

* El acta constitutiva de la Asociación Amigos del Museo y Archivo Regional de Saladillo.-

* Inauguración del edificio restaurado del ex-Banco Provincia, 31/7/86.-

Las exposiciones del acervo recogido por la Asociación Amigos con el fin de conformar el patrimonio del futuro Museo en ficha 31, 1 y 2 – 07 – 87.- 15, 16 – 08 – 87.- 5, 6 – 09 – 87.- 16, 17 – 10 – 87.- 3, 12 – 7.- 3, 4 – 01 – 87.-

Y la Ordenanza 30/87 del 15 de julio de 1987 por la cual se aceptan bienes procedentes de la Secretaría de la Gobernación con destino al Museo de la Ciudad; y

CONSIDERANDO las actuaciones anteriormente citadas;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en virtud de todo ello acuerda y sanciona la presente

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1º: Crease el «Museo y Archivo Histórico Municipal de Saladillo» destinado a atesorar, poner en valor, difundir por distintos medios valores culturales, naturales, locales, regionales, provinciales, nacionales y de interés de la comunidad.-

ARTICULO 2º: Autorízase al Departamento Ejecutivo, a determinar los espacios físicos ambientales que dentro del mismo Edificio ocuparán «La Casa de la Cultura» creada por Ordenanza Nº27/85 de este Honorable Concejo Deliberante y la Entidad que nace por el artículo 1º, de la presente.-

ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veintidos días del mes de abril de mil novecientos ochenta y ocho.-

ORDENANZA Nº13/88.-

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