INCREMENTO SALARIAL PARA EL PERSONAL MUNICIPAL A PARTIR DEL 1? DE FEBRERO DE 1990.-

VISTO el expediente nº255/90 (correspondiente al expediente nº63/90 de este Honorable Concejo Deliberante), por el cual el Departamento Ejecutivo, eleva Proyecto de Ordenanza sobre Incremento Salarial para el Personal Municipal, con retroactividad al 1º de febrero de 1990; y

CONSIDERANDO que la propuesta condice con las pautas establecidas por el Gobierno Municipal, y contando con el respectivo informe de la División Contaduría;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1º: Establecese con retroactividad al día 1º de febrero de 1990, una suma fija, bonificable y remunerativa, de =A= 100.000 (australes cien mil) por agente.-

ARTICULO 2º: La bonificación prevista en el artículo anterior, devengara todos los adicionales previstos en la Ordenanza Complementaria del Presupuesto Vigente.-

ARTICULO 3º: Establecese por única vez, una suma fija no remunerativa de australes veinticinco mil (=A= 25.000) por agente.-

ARTICULO 4º: Dejase sin efecto la retención prevista de australes treinta mil (=A= 30.000) y australes cincuenta mil (=A= 50.000), por agente que fueran anticipados a cuenta de los haberes del mes de enero de 1990.-

ARTICULO 5º: El gasto que representa lo previsto en el artículo anterior, se ha de imputar a la Partida Bonificación Adicional de cada una de las Jurisdicciones, Finalidades e Item correspondientes.-

ARTICULO 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los ocho días del mes de marzo de mil novecientos noventa.-

ORDENANZA Nº13/90.-

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