Ordenanza N° 13/2020

  • Fecha de sanción: 13/05/2020
  • N° Promulgación:
  • Decreto Promulgación:

    VISTO el expediente n° 56/2020, iniciado por ambos Bloques de Concejales de este Honorable Cuerpo, quienes elevan proyecto de Ordenanza referente a reducir la dieta de los Ediles por el periodo de dos meses, en el marco de la Pandemia del Covid-19;   que, de acuerdo a lo prescrito en el artículo 92º, […]

VISTO el expediente n° 56/2020, iniciado por ambos Bloques de Concejales de este Honorable Cuerpo, quienes elevan proyecto de Ordenanza referente a reducir la dieta de los Ediles por el periodo de dos meses, en el marco de la Pandemia del Covid-19;

que, de acuerdo a lo prescrito en el artículo 92º, inciso “c” de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, que establece la forma de cálculo de la dieta mensual de los Concejales en ejercicio;

que, el Ejecutivo Municipal ha realizado ingentes esfuerzos para mitigar los efectos de la pandemia Covid-19 que afecta también a nuestra localidad, reasignando partidas y administrando los fondos al efecto, a pesar de que la recaudación así como los ingresos por Coparticipación han disminuído;

que, se ha coordinado el trabajo social y de salud en forma amplia con los demás actores civiles, así como se han realizado aportes económicos desde la actividad privada, instituciones intermedias y particulares, que han colaborado para reforzar las medidas de prevención y sobre toda paliar la crisis económica, laboral y social existente;

que, tanto el Intendente como sus Funcionarios han tomado la medida de aportar parte de sus ingresos por la tarea desempeñada, para constituir un fondo que permita adquirir productos de primera necesidad, tanto alimenticios como para salud;

que, nosotros como legisladores municipales debemos dar ejemplos de austeridad y colaborar con el Poder Ejecutivo en su objetivo de mitigar los efectos de la pandemia Covid-19, en la medida de las posibilidades de este Cuerpo; y

CONSIDERANDO que en la Segunda Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 13 de mayo de 2020, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Presupuesto y Hacienda, que aconseja sancionar el mencionado expediente;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

O R D E N A N Z A

ARTÍCULO 1°: Convalidar   la donación de la dieta de los Concejales en un 30% de sus haberes correspondientes al mes previo a tomar la medida. – La suma descontada ingresará a una cuenta especial creada a tal efecto por el Municipio, donde se colaborará económicamente para paliar la pandemia Covid-19.-

ARTÍCULO 2°: La reducción correspondiente se aplicará a partir del mes de Abril de 2020, que se abona en Mayo de 2020, por el término de dos (2) meses.-

ARTÍCULO 3°: Comunicar al Departamento Ejecutivo Municipal, dar al Registro Oficial, publicar y archivar.-

DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los trece días del mes de mayo del año dos mil veinte.-

ORDENANZA N° 13/2020.-

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