Ordenanza N° 135/2017
- Fecha de sanción: 28/11/2017
- N° Promulgación: 3231
- Decreto Promulgación: 2793/2017
VISTO el expediente nº 356/2017, iniciado por el Departamento Ejecutivo Municipal mediante expediente nº 6574/2017, por medio del cual eleva proyecto de Ordenanza aprobando Convenio con el Ministerio de Agroindustria de la Provincia de Buenos Aires; que, el Convenio fué celebrado entre la Municipalidad de Saladillo y el Ministerio de Agroindustria de la Provincia […]
VISTO el expediente nº 356/2017, iniciado por el Departamento Ejecutivo Municipal mediante expediente nº 6574/2017, por medio del cual eleva proyecto de Ordenanza aprobando Convenio con el Ministerio de Agroindustria de la Provincia de Buenos Aires;
que, el Convenio fué celebrado entre la Municipalidad de Saladillo y el Ministerio de Agroindustria de la Provincia de Buenos Aires con fecha 2 de junio de 2017;
que, las partes coinciden en la importancia de preservar la salud humana a través del fortalecimiento de las herramientas de Gestión de la Inocuidad de los Alimentos y de las mejoras de las condiciones higiénico-sanitaria y bromatológicas de los establecimientos;
que, en ese orden de ideas el Ministerio faculta al Municipio a gestionar ante él, la habilitación de los establecimientos de elaboración de chacinados frescos –Clase C según Ley Nº 11.123-;
que, la firma del mismo responde a una política de descentralización de acciones de fiscalización, control, preservación por parte del Ministerio y al acabado conocimiento que tiene el Municipio de la situación local de los establecimientos elaboradores de productos frescos derivados de origen animal;
que, la importancia del Convenio radica en la mayor celeridad que se logrará en la tramitación de las habilitaciones de los establecimientos elaboradores de chacinados frescos –Clase C según Ley 11.123-;
que, conforme a lo normado por el artículo 41º de la Ley Orgánica de las Municipalidades y a efectos de dotar de operatividad al mencionado Convenio, resulta necesaria su aprobación por parte del Honorable Concejo Deliberante; y
CONSIDERANDO que en la Décima Sexta Sesión Ordinaria llevada a cabo el día 28 de noviembre de 2017, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Peticiones y Ordenanzas, que aconseja sancionar el mencionado proyecto;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Apruébese el Convenio suscripto entre la Municipalidad de Saladillo y el Ministerio de Agroindustria de la Provincia de Buenos Aires de fecha 2 de junio de 2017, obrante a fs. 1 del mencionado expediente.-
ARTÍCULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veintiocho días del mes de noviembre del año dos mil diecisiete.-
ORDENANZA Nº 135/2017.-