Ordenanza N° 138/2018
- Fecha de sanción: 13/11/2018
- N° Promulgación:
- Decreto Promulgación:
VISTO el expediente nº 356/2018, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente nº 6342/2018, quién eleva proyecto de Ordenanza referente a declarar la incompetencia de la Subsecretaría de Cultura para realizar tareas en el concurso “ Vale tu Mensaje”; que, por el Decreto Nº 1615/2018 se declaró la incompetencia de la Subsecretaría de Cultura, […]
VISTO el expediente nº 356/2018, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente nº 6342/2018, quién eleva proyecto de Ordenanza referente a declarar la incompetencia de la Subsecretaría de Cultura para realizar tareas en el concurso “ Vale tu Mensaje”;
que, por el Decreto Nº 1615/2018 se declaró la incompetencia de la Subsecretaría de Cultura, Educación y Derechos Humanos y de la Secretaría de Gobierno –área a la cual pertenece la primera- por carecer de personal idóneo para realizar las tareas de pre producción, producción y edición del material que participará del concurso de spots “Vale tu mensaje” dirigido a jóvenes de nuestro partido;
que, en el mencionado concurso los participantes deberán presentar spots audiovisuales abordando diferentes temáticas juveniles, siendo la temática del año en curso el “Grooming” y “seguridad en las redes”;
que, la presentación de los spots requiere trabajos de pre producción, producción y edición de los videos concursantes, tareas que requieren de un profesional con experiencia en el manejo del campo audiovisual, equipamiento técnico necesario y experiencia docente previa con grupos de jóvenes;
que, la mencionada Subsecretaría no cuenta con un profesional que reúna además de los conocimientos y experiencia requerida, el equipamiento tecnológico necesario para producir el material que será sometido al concurso;
que, siendo entonces el desarrollo de dichos trabajos de carácter transitorio, temporal y excepcional, se requiere la autorización para contratar a personal idóneo por el tiempo necesario;
que, doctrinariamente el Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires ha considerado factible la contratación de profesionales por parte del Departamento Ejecutivo, siempre que no se cuente con personal especializado o el existente se declare incompetente;
que, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 66º del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, este tipo de contrataciones por parte de la municipalidad, serán considerados gastos especiales;
que, atento ello resulta necesaria la intervención del Honorable Concejo Deliberante en un todo de acuerdo al artículo 32º de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, no obstante lo cual, y dada la premura que merece la disposición del recurso humano mencionado, se procedió al dictado de un decreto ad referéndum autorizando la contratación en cuestión; y
CONSIDERANDO que en la Décima Quinta Sesión Ordinaria, llevada a cabo el 13 de noviembre de 2018, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Presupuesto y Hacienda, que recomienda sancionar el mencionado proyecto;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Convalídese la declaración de incompetencia de la Subsecretaría de Cultura, Educación y Derechos Humanos y de la Secretaría de Gobierno –área a la cual pertenece la primera-efectuada mediante Decreto Nº 1615/2018 del Departamento Ejecutivo por carecer de personal idóneo para realizar las tareas de pre producción, producción y edición del material que participará del concurso de spots “Vale tu mensaje” dirigido a jóvenes de nuestro partido.-
ARTÍCULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los trece días del mes de noviembre del año dos mil dieciocho.-
ORDENANZA Nº 138/2018.-