Ordenanza N° 14/2016
- Fecha de sanción: 17/05/2016
- N° Promulgación: 3010
- Decreto Promulgación: 725/2016
VISTO el expediente nº 10/2016, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente nº 572/2016, quién eleva Decreto Nº 79/2016 suscribiendo acciones con la Cooperativa Eléctrica de Saladillo para el abastecimiento de energía eléctrica al loteo de SUTEBA; que, el expediente Nº 572-S-2016, iniciado por el Secretario de Obras y Servicios Públicos, mediante el cual […]
VISTO el expediente nº 10/2016, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente nº 572/2016, quién eleva Decreto Nº 79/2016 suscribiendo acciones con la Cooperativa Eléctrica de Saladillo para el abastecimiento de energía eléctrica al loteo de SUTEBA;
que, el expediente Nº 572-S-2016, iniciado por el Secretario de Obras y Servicios Públicos, mediante el cual manifiesta haber arribado a un acuerdo respecto al pago de la dotación del servicio de energía eléctrica domiciliaria, entre los vecinos beneficiarios de los lotes de terrenos donados a SUTEBA, identificados catastralmente como Circuscripción I, Sección H, Chacra 198, Manzana 198 v, Parcela 1a y de 2 a 15 y este Municipo de Saladillo para la concreción de la obra de abastecimientos de energía eléctrica del mencionado loteo;
que, esta obra llevará el fluído eléctrico a un número importante de vecinos;
que, el presupuesto de la obra asciende a la suma de pesos doscientos dos mil quinientos dos con treinta y cinco centavos ($ 202.502,35.-) a la cual deberá adicionársele el importe correspondiente al IVA;
que, esta importante obra de infraestructura eléctrica consiste en la construcción de una línea de baja tensión, con una potencia de 2,5 KVA para cada parcela y se presupuesta preensamblada totalmente en hormigón;
que, es política decidida del Departamento Ejecutivo apoyar, dentro de sus disponibilidades presupuestarias, todas las obras de infraestructura eléctrica que supongan un incremento de las líneas troncales, con el objeto de beneficiar a la mayor cantidad de habitantes y establecimientos productivos;
que, en este caso, y en virtud de la magnitud de la obra y la cantidad de vecinos beneficiados, el Departamento Ejecutivo decide realizar un aporte de ciento un mil doscientos cincuenta y un peso con diecisiete centavos ($ 101.251,17.-), aportes que se concretan mediante la respectiva suscripción de acciones; y
CONSIDERANDO que en la Cuarta Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 17 de mayo de 2016, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Presupuesto y Hacienda, que aconseja sancionar el mencionado proyecto;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Suscríbanse acciones con la Cooperativa Eléctrica de Consumo y Otros Servicios de Saladillo Limitada por la suma de pesos ciento un mil doscientos cincuenta y uno con diecisiete centavos ($ 101.251,17.-).-
ARTICULO 2º: Dicha suscripción se efectúa como contrapartida por parte de la Cooperativa Eléctrica de Consumo y Otros Servicios de Saladillo Limitada de la construcción de una línea de baja tensión (2,5 KVA por parcela) en el loteo de SUTEBA, identificado catastralmente como Circunscripción I, Sección H, Chacra 198, Manzana 198 v, Parcelas 1a y de 2 a 15.-
ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los diecisiete días del mes de mayo del año dos mil dieciséis.-
ORDENANZA Nº 14/2016.-