VISTO el expediente N° 41/2025, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente N° 548/2025, quien eleva proyecto de Ordenanza referente a donar un inmueble a la Sra. Silvina Laura Zaniratto;

que, mediante el expediente nº 548-Z-2025, la Sra. Silvina Laura Zaniratto, D.N.I. N° 24.695.807, solicita se le otorgue la titularidad dominial, mediante el mecanismo previsto en la Ley 10.830, del inmueble identificado catastralmente como Circunscripción I; Sección H; Chacra 198; Fracción I; Manzana 198r; Parcela 7;

que, el inmueble en cuestión fue dado en comodato por la Municipalidad de Saladillo a la peticionante con fecha 6 de noviembre de 2007 (fs. 3);

que, de la documentación obrante a fs. 4/10 surge que la Municipalidad de Saladillo es la titular dominial de inmueble cedido en comodato;

que, del informe socioeconómico (fs. 14/15) surge que la solicitante vive sola en una vivienda construida en el inmueble dado en comodato;

que, resulta necesario consolidar jurídicamente dicha realidad surgiendo de lo dictaminado por el Director de Asuntos Legales que el inmueble se encuentra en condiciones de adjudicarse a favor de la peticionante, ya sea en donación o por algún otro tipo de acto jurídico;

que, asimismo, y a fin de evitar especulaciones y negocios inmobiliarios, debería establecerse una restricción de ceder el uso del inmueble o transferirlo a terceros, a cualquier título, por un plazo que podría ser de cinco años, a contarse desde el otorgamiento de la escritura, como así también de establecer un cargo por el cual el inmueble debe ser utilizado por la donataria y/o su grupo familiar; 

que, por su parte el artículo 3 de la Ley 10.830 establece: “La intervención de la Escribanía General de Gobierno deberá ser requerida por los funcionarios que determine el Poder Ejecutivo; y

CONSIDERANDO que en la Tercera Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 22 de abril de 2025, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Desarrollo Social, Género, Diversidad y Derechos Humanos, que aconseja sancionar el mencionado proyecto;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

O R D E N A N Z A

ARTÍCULO 1°: Donar a Silvina Laura Zaniratto, D.N.I. N° 24.695.807, el inmueble identificado catastralmente como Circunscripción I; Sección H; Chacra 198; Fracción I; Manzana 198r; Parcela 7.-

ARTÍCULO 2°: La presente donación se realiza con el cargo de utilizar el inmueble únicamente para vivienda de la donataria y/o su grupo familiar.  Para el supuesto en que no cumplieran con el cargo impuesto en el presente artículo, el dominio del inmueble donado quedará retrotraído de pleno derecho a favor de la Municipalidad de Saladillo sin necesidad de interpelación extrajudicial o judicial alguna.-

ARTÍCULO 3°: Asimismo se establece con respecto al inmueble donado la prohibición de ceder su uso, transferirlo, venderlo y/o constituir sobre los mismos derechos reales y/o gravámenes, a favor de terceros, todo ello por el término de cinco (5) años contados a partir de la aceptación de la donación. La violación de la presente prohibición traerá aparejada la revocación de la donación efectuada, y la retrocesión del dominio, de pleno derecho, a favor de la Municipalidad de Saladillo, sin necesidad de interpelación extrajudicial o judicial alguna.-

ARTÍCULO 4°: Declarar de interés social la escrituración del inmueble detallado en el artículo 1 a favor de Silvina Laura Zaniratto, D.N.I. N° 24.695.807, a cuyo efectos requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires a fin de autorizar su otorgamiento.-

ARTÍCULO 5°: Comunicar al Departamento Ejecutivo Municipal, dar al Registro Oficial, cumplir, publicar y archivar.-        

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veintidós días del mes de abril del año dos mil veinticinco.-

ORDENANZA Nº 14/2025.-

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