Ordenanza N° 141/2017

  • Fecha de sanción: 28/11/2017
  • N° Promulgación: 3237
  • Decreto Promulgación: 2799/2017

VISTO el expediente nº 318/2017, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente nº 5850/2017, quién eleva proyecto de Ordenanza referente a convalidar la declaración de incompetencia de la Secretaría de Gobierno, por carecer de personal calificado para concretar los objetivos del Centro Municipal de Terapias Asistidas;   que, mediante el Decreto Nº 2289/2017 se declaró […]

VISTO el expediente nº 318/2017, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente nº 5850/2017, quién eleva proyecto de Ordenanza referente a convalidar la declaración de incompetencia de la Secretaría de Gobierno, por carecer de personal calificado para concretar los objetivos del Centro Municipal de Terapias Asistidas;

que, mediante el Decreto Nº 2289/2017 se declaró la incompetencia de la Secretaría de Gobierno, por carecer de personal calificado para concretar los objetivos del Centro Municipal de Terapias Asistidas con Animales;

que, el Centro Municipal de Terapias Asistidas con Animales requiere para su funcionamiento de un equipo profesional especializado en las siguientes materias: Terapista Ocupacional, Técnico en Equino Terapia y Técnico en Terapias Asistidas con Perros;

que, el Centro referido funciona bajo la órbita de competencias de la Subsecretaría de Desarrollo Humano, la cual conforme al organigrama municipal depende en última instancia de la Secretaría de Gobierno, y al no contar estas áreas con personal capacitado al respecto deviene necesario proceder a la contratación de quien/es pueda llevar a cabo la misma;

que, para efectuar la referida contratación se debe declarar la incompetencia del área, siendo ésta una facultad del Honorable Concejo Deliberante;

que, ante la urgencia y necesidad de contar con el recurso humano mencionado, resulta necesario efectuar la declaración de incompetencia mediante el dictado de un Decreto del Departamento Ejecutivo ad referéndum del cuerpo deliberativo;

que, doctrinariamente el Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires ha considerado factible la contratación de profesionales por parte del Departamento Ejecutivo, siempre que no se cuente con el personal especializado o el existente se declare incompetente; y

CONSIDERANDO que en la Décima Sexta Sesión Ordinaria, llevada a cabo el 28 de noviembre de 2017, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Presupuesto y Hacienda, que aconseja sancionar el mencionado proyecto;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1º: Convalídese la declaración de incompetencia de la Secretaría de Gobierno, efectuada mediante Decreto Nº 2289/2017 del Departamento Ejecutivo, por carecer de personal calificado para concretar los objetivos del Centro Municipal de Terapias Asistidas con Animales. –

ARTÍCULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veintiocho días del mes de noviembre del año dos mil diecisiete.-

ORDENANZA Nº 141/2017.-

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