Ordenanza N° 151/2017

  • Fecha de sanción: 14/12/2017
  • N° Promulgación: 3255
  • Decreto Promulgación: 43/2018

VISTO el expediente nº 355/2017, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente nº 6647/2017, por medio del cual eleva proyecto de Ordenanza estableciendo sistema de estacionamiento para diversas avenidas de Saladillo;   que, la realización de la obra de “Renovación Urbana del Centro Histórico de Saladillo”;   que, una vez concluida la misma se verán […]

VISTO el expediente nº 355/2017, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente nº 6647/2017, por medio del cual eleva proyecto de Ordenanza estableciendo sistema de estacionamiento para diversas avenidas de Saladillo;

que, la realización de la obra de “Renovación Urbana del Centro Histórico de Saladillo”;

que, una vez concluida la misma se verán reducidos los espacios destinados a estacionamiento vehicular alrededor de la Plaza 25 de Mayo;

que, a efectos de compensar dicha reducción de espacio y atento a inquietudes planteadas por los comerciantes ubicados en el área del centro histórico de la ciudad, resulta necesario implementar medidas y acciones tendientes a mejorar y ordenar la circulación general de vehículos y personas en la trama urbana;

que, actualmente en las principales arterias de la ciudad que permiten acceder a la Plaza 25 de Mayo, coexisten los estacionamientos paralelos al cordón y los estacionamientos a 45° en reversa;

que, suprimiendo en estas arterias parte del estacionamiento paralelo al cordón y disponiendo que el mismo sea a 45° y en reversa, se logra no solo compensar, sino también incrementar significativamente los lugares para el estacionamiento vehicular; y

CONSIDERANDO que en la Sesión Extraordinaria llevada a cabo el día 14 de diciembre de 2017, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Obras Públicas y Vialidad, que aconseja sancionar el mencionado proyecto;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

O R D E N A N Z A

ARTÍCULO 1º: Establécese a continuación, el sistema de estacionamiento, para las siguientes Avenidas de la ciudad de Saladillo:

Av. Rivadavia:

  1. a) A 45° y en reversa en ambas aceras en los tramos comprendidos entre Av. Pereyra – Av. Moreno y entre Av. Belgrano y Av. Cabral.-
  2. b) A 45° y en reversa sobre acera derecha en el tramo comprendido entre Av. Moreno – Av. Belgrano.-

Av. Moreno:

  1. a) A 45° y en reversa en ambas aceras en los tramos comprendidos entre calle L. N. Alem – Av. Rivadavia y entre Av. San Martin – Av. Bozán.-
  2. b) Paralelo al cordón sobre acera derecha en el tramo comprendido entre Av. Rivadavia – Av. San Martín.-
  3. c) A 45° y en reversa sobre acera izquierda en el tramo comprendido entre Av. Rivadavia – Av. San Martín.-

Av. Belgrano:

  1. a) Paralelo al cordón en ambas aceras en el tramo comprendido entre Av. Bozán – Calle A. de Toledo.-
  2. b) A 45° y en reversa en ambas aceras en los tramos comprendidos entre calle A. de Toledo – Av. San Martín y entre Av. Rivadavia – calle L. N. Alem.-
  3. c) A 45° y en reversa sobre acera izquierda en el tramo comprendido entre Av. San Martín – Av. Rivadavia.-
  4. d) Paralelo al cordón sobre acera derecha en el tramo comprendido entre Av. San Martín – Av. Rivadavia.-

Av. San Martín:

  1. a) Paralelo al cordón en ambas aceras en los tramos comprendidos entre Av. Cabral – calle 12 de Octubre y entre calle J. A. Roca – Av. Pereyra.-
  2. b) A 45° y en reversa sobre ambas aceras en los tramos comprendidos entre calle 12 de Octubre – Av. Belgrano y entre Av. Moreno – calle Roca.-

ARTÍCULO 2º: Prohíbese el estacionamiento sobre acera izquierda en la Av. Rivadavia en el tramo comprendido entre Av. Moreno – Av. Belgrano, y sobre acera izquierda en la Av. San Martín en el tramo comprendido entre Av. Belgrano – Av. Moreno.-

ARTÍCULO 3º: Facúltese al Departamento Ejecutivo a disponer, por vía reglamentaria, el uso exclusivo y paralelo al cordón, para el estacionamiento sobre acera derecha en la Av. San Martín en el tramo comprendido entre Av. Belgrano – Av. Moreno.-

ARTÍCULO 4º: Facúltese al Departamento Ejecutivo a disponer, por vía reglamentaria, los sectores exclusivos para carga y descarga, como así también los sectores reservados para motos y bicicletas.-

ARTÍCULO 5º: Facúltese al Departamento Ejecutivo a disponer, por vía reglamentaria, la implementación por etapas de la presente Ordenanza, sin perjuicios de lo cual deberá estar implementada en su totalidad en un plazo máximo de 365 días corridos, contados a partir de la finalización de la obra de “Renovación Urbana del Centro Histórico de Saladillo”.-

ARTÍCULO 6º: Deróguese toda otra disposición que se contraponga a la presente.-

ARTÍCULO 7º: Comuníquese al Departametno Ejecutivo Municipal, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los catorce días del mes de diciembre del año dos mil diecisiete.-

ORDENANZA Nº 151/2017.-

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