Ordenanza N° 16/2006
- Fecha de sanción: 23/05/2006
- N° Promulgación: 0
- Decreto Promulgación:
MODIFICACION ORD. 87/87, ART. 78, REF. REGIMEN DELICENCIA POR PATERNIDAD DEL PERSONAL MUNICIPAL
VISTO el expediente nº 68/05, iniciado por el Bloque “El Frente”, que eleva proyecto de Ordenanza modificando el régimen de licencia por paternidad del Personal Municipal;
que, en la actualidad la Ordenanza 87/87 (Estatuto del Empleado Municipal) en su artículo 78, inc. 2) contempla una licencia por nacimiento del hijo del agente varón por tres (3) días hábiles;
que, la mencionada norma incluye, entre sus articulados, un régimen de licencia para el personal femenino en los cuales contempla situaciones tales como nacimientos múltiples o por defunción fetal, no contemplando la misma situación para el personal masculino;
que, en función de ello podría promoverse una iniciativa legislativa que contemple una situación de igualdad de trato, tal cual lo establecen -por ejemplo- otros estatutos gremiales;
que, más allá de ello, desde nuestro pensamiento apuntamos a la construcción de una sociedad equitativa, en donde varones y mujeres tengan la misma posibilidad de elección, de decisión, de oportunidades, más allá de su condición de género;
que, es por ello que creemos que tanto varones como mujeres tienen el mismo derecho de transitar el camino de la maternidad y la paternidad en igualdad de condiciones;
que, si bien la relación materno – filial presenta características distintas a la paterno – filial, ambos vínculos necesitan de un tiempo para afianzarse como tal;
que, en la actualidad es notorio el interés y el deseo de desarrollar una paternidad con una fuerte presencia afectiva y contenedora;
que, el día 5 de julio de 2005, este Honorable Cuerpo sancionó la Ordenanza Nº 24/05 y que la misma fue vetada por el Departamento Ejecutivo mediante Decreto Nº 1011/05; y
CONSIDERANDO que en la Cuarta Sesión Ordinaria llevada a cabo el día 23 de mayo de 2005, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad, el despacho de la Comisión de Peticiones y Ordenanzas que aconseja sancionar el mencionado proyecto de Ordenanza con modificaciones;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Modifícase la Ordenanza Nº 87/87 en su artículo 78º, Sección 2, que quedará redactado de la siguiente manera:
2) Por nacimiento:
a) de hijo del agente varón, cinco (5) días corridos.-
b) de hijo del agente varón que tuviere hijos menores de 5 años, diez (10) días corridos.-
c) de nacimiento múltiples del agente varón, diez (10) días corridos.-
ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veintitrés días del mes de mayo del año dos mil seis.-
ORDENANZA Nº 16/06.-