Ordenanza N° 160/2017

  • Fecha de sanción: 28/12/2017
  • N° Promulgación: 3257
  • Decreto Promulgación: 45/2018

VISTO el expediente nº 401/2017, iniciado por el Departamento Ejecutivo Municipal mediante expediente nº 7123/2017, quiñen eleva proyecto de Ordenanza referente a aprobar convenio específico con la Facultad de Agronomía de la Universidad de Buenos Aires para el dictado de la carrera de Martillero y Corredor Público Rural;   que, el Convenio Específico suscripto con […]

VISTO el expediente nº 401/2017, iniciado por el Departamento Ejecutivo Municipal mediante expediente nº 7123/2017, quiñen eleva proyecto de Ordenanza referente a aprobar convenio específico con la Facultad de Agronomía de la Universidad de Buenos Aires para el dictado de la carrera de Martillero y Corredor Público Rural;

que, el Convenio Específico suscripto con fecha 23 de noviembre de 2017 entre la Municipalidad de Saladillo y la Facultad de Agronomía de la Universidad de Buenos Aires, el cual tiene como objeto el dictado, en la ciudad de Saladillo, de la Carrera de Martillero y Corredor Público Rural;

que, desde el Departamento Ejecutivo se percibe a la Educación como un bien público y un derecho personal por lo que se ha propuesto trabajar con todos los sectores involucrados en el sistema educativo;

que, resulta manifiesta la política adoptada promocionando la educación de toda la población, como elemento esencial para el mejoramiento del desarrollo económico, social, cultural y educativo de la región;

que, con este tipo de convenios se incrementa la posibilidad de acceso y permanencia de los estudiantes en el nivel superior; a través de una oferta educativa de alta calidad académica, brindando una respuesta a la situación de un grupo importante de estudiantes que por propia decisión eligen continuar residiendo en Saladillo, como así también a aquellos a los que les resulta dificultoso o imposible trasladarse a otras localidades, al tiempo que se posiciona a la ciudad de Saladillo como una alternativa a tener en cuenta por estudiantes de otras ciudades;

que, en ese orden de ideas y compartiendo el compromiso por la educación con la Facultad de Agronomía de la Universidad de Buenos Aires también se firmó un Convenio General con esta casa de estudios, el cual fue aprobado por Ordenanza Nº 60/2017 promulgada con fecha 10 de Julio de 2017 mediante Decreto 1590/17, bajo el número 3156;

que, conforme a lo normado por el artículo 41º de la Ley Orgánica de las Municipalidades y a efectos de dotar de operatividad al mencionado Convenio Marco, resulta necesaria su aprobación por parte del Honorable Concejo Deliberante; y

CONSIDERANDO,  que en la Sesión Extraordinaria llevada a cabo el día 28 de diciembre de 2017, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Educación y Cultura, que aconseja sancionar el mencionado proyecto;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

O R D E N A N Z A

ARTÍCULO 1º: Apruébese el Convenio Específico y su anexo I, suscripto con fecha 23 de noviembre de 2017 entre la Municipalidad de Saladillo y la Facultad de Agronomía de la Universidad de Buenos Aires, el cual tiene como objeto el dictado, en la ciudad de Saladillo, de la Carrera de Martillero y Corredor Público Rural; y que obra a fojas 1/10 del mencionado expediente.-

ARTÍCULO 2º: Autorícese al Departamento Ejecutivo a suscribir los anexos que sean necesarios a efectos de implementar el convenio mencionado en la artículo 1º de la presente.-

ARTÍCULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veintiocho días del mes de diciembre del año dos mil diecisiete.-

ORDENANZA Nº 160/2017.-

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