Ordenanza N° 160/2018
- Fecha de sanción: 04/12/2018
- N° Promulgación: 3417
- Decreto Promulgación: 2536/2018
VISTO el expediente nº 412/2018, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente nº 5080/2018, quién eleva proyecto de Ordenanza referente a aprobar Convenio con el Sr. Angel Omar Di Gruccio, referido a daños de un vehículo; que, por el expediente nº 5080-D-2018 el Sr. Ángel Osmar Di Gruccio, D.N.I. 5.241.818 eleva reclamo manifestando que […]
VISTO el expediente nº 412/2018, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente nº 5080/2018, quién eleva proyecto de Ordenanza referente a aprobar Convenio con el Sr. Angel Omar Di Gruccio, referido a daños de un vehículo;
que, por el expediente nº 5080-D-2018 el Sr. Ángel Osmar Di Gruccio, D.N.I. 5.241.818 eleva reclamo manifestando que el día 15 del mes de mayo de 2018 siendo aproximadamente a las 8:30 horas, teniendo el peticionante estacionado su vehículo Taunus Dominio UQH 689 en forma reglamentaria, en la calle Almafuerte entre Cabral y Taborda de Saladillo, un camión grúa municipal de la marca Iveco con dominio AA999G conducido por el Sr. Diego David Sosa, se detuvo a la par por el lado izquierdo y al extender las patas de apoyo embistió el lateral trasero izquierdo del auto produciéndole una abolladura;
que, se agrega a fs. 2/11, copia de la denuncia del siniestro a la compañía aseguradora del Municipio, copia de la licencia de conducir en vigencia, copia de la cédula de identificación del automotor, copia de la póliza de seguro, presupuesto, copia de D.N.I., copia del título de propiedad del automotor dominio UQH689, donde surge que el titular del vehículo es el Sr. Ángel Osmar Di Gruccio, copia del informe impositivo de la Provincia de Buenos Aires y fotografías;
que, del presupuesto adjuntado a fs. 11 surge que el monto de la reparación es de pesos siete mil ($ 7.000,00);
que, a fs. 14, se acompaña informe por parte de la Subsecretaría de Servicios Públicos que relata lo sucedido, y que se corresponde a lo denunciado, oportunamente, por el Sr. Di Gruccio;
que, a fs. 17/24 se acompañan copia de la póliza de seguro del camión grúa, de la que surge que la franquicia a cargo de la aseguradora de la Municipalidad de Saladillo es de pesos diez mil (10.000,00), monto superior al reclamado, por lo que la compañía queda excluida de hacerse cargo de la reparación del siniestro denunciado;
que, el hecho se produjo por el accionar de un agente municipal en el ejercicio de su función, y como tal, el Estado es responsable de las consecuencias de su accionar, es por ello que por el decreto n° 2163/2018 se inició un sumario administrativo a quién manejaba el camión grúa, a Diego David Sosa, tendiente a deslindar responsabilidades;
que, el artículo 1765º del Código Civil y Comercial de la Nación establece que la responsabilidad del Estado se rige por las normas y principios del derecho administrativo nacional o local según corresponda, que uno de esos principios es el respeto a la propiedad privada amparada por el artículo 17 de la Constitución Nacional;
que, estamos frente a un supuesto de responsabilidad por actividad lícita del Estado, por el accionar de un empleado público del estado en ejercicios de sus funciones como agente municipal, que causó un daño cierto al patrimonio de Ángel Osmar Di Gruccio, quién no está obligado a soportar el perjuicio;
que, a fojas 25/26 obra dictamen de la Dirección de Asuntos Legales de donde surge que podría hacerse lugar a la reparación del daño causado en el vehículo del Sr. Ángel Osmar Di Gruccio por el agente municipal en cumplimiento de sus funciones;
que, a fojas 28/29 obra Convenio entre la Municipalidad y el Sr. Ángel Osmar Di Gruccio;
que, conforme al artículo 41º del Decreto Ley 6769/58 el acuerdo debe ser elevado al Honorable Concejo Deliberante para su aprobación; y
CONSIDERANDO que en la Décima Sexta Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 27 de noviembre de 2018, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Presupuesto y Hacienda, que recomienda la sanción del mencionado proyecto;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Apruébese el Convenio suscripto con fecha 19 de octubre de 2018 entre la Municipalidad de Saladillo y el Sr. Ángel Osmar Di Gruccio, D.N.I. 5.241.818, por medio del cual la primera reconoce adeudar a favor del Sr. Di Gruccio, la suma de pesos siete mil ($7.000,00), en concepto de daños producidos a su vehículo Taunus Dominio UQH 689, en virtud de que, el día 15 de mayo del año 2018, cuando el camión grúa Iveco dominio AA999GF, propiedad del municipio, al extender las patas de apoyo, le produjo accidentalmente la abolladura de su puerta trasera izquierda.-
ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veintisiete días del mes de noviembre del año dos mil dieciocho.-
ORDENANZA Nº 160/2018.-