Ordenanza N° 17/2001

  • Fecha de sanción: 07/05/2001
  • N° Promulgación: 1986
  • Decreto Promulgación: 116/01

CONVENIO CON EL RADIO CLUB SALADILLO PARA EL USO DE LA SEDE SOCIAL POR PARTE DE DEFENSA CIVIL MUNICIPAL.-

VISTO el expediente nº 54/01, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente nº 672/01, que eleva proyecto de Ordenanza convalidando Convenio de Colaboración entre esta Municipalidad y el Radio Club Saladillo para el uso de la sede social e instalaciones de dicha entidad a los fines de que Defensa Civil desarrolle sus actividades;

que, a través del mismo se autoriza el uso de la sede social e instalaciones de la mencionada entidad a los fines de que Defensa Civil Municipal desarrolle sus actividades operativas y de capacitación, a la vez que se compromete a brindar su colaboración en caso de emergencias con el servicio de radioaficionado;

que, en dicho Convenio se establece, además, las obligaciones que la Municipalidad de Saladillo asume en lo que se refiere al pago de los diferentes servicios que se utilizarán para el cumplimiento del mismo;

que, dicho Convenio de Colaboración deberá ser ratificado por el Honorable Concejo Deliberante; y

CONSIDERANDO que en la Tercera Sesión Ordinaria llevada a cabo el día 7 de mayo de 2001, el Honorable Cuerpo aprobó el despacho de la Comisión de Presupuesto y Hacienda que aconseja sancionar el proyecto de Ordenanza convalidando el Convenio de Colaboración entre la Municipalidad y el Radio Club Saladillo;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1º: Convalídase el Convenio de Colaboración suscripto entre la Municipalidad de Saladillo y el Radio Club Saladillo, a través del cual se autoriza el uso de la sede social e instalaciones de la mencionada entidad a los fines de que Defensa Civil Municipal desarrolle sus actividades operativas y de capacitación, a la vez que se compromete a brindar su colaboración en caso de emergencias con el servicio de radioaficionado.-

ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los siete días del mes de mayo del año dos mil uno.-

ORDENANZA Nº 17/01.-

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