Ordenanza N° 18/2020
- Fecha de sanción: 17/06/2020
- N° Promulgación:
- Decreto Promulgación:
VISTO el expediente n° 323/2019, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente n° 4404/2019, quién eleva proyecto de Ordenanza referente a aprobar la venta de la vivienda n° 11 el Plan Pro-Casa II a favor de la Sra. Eva Adriana Biedma; que, de acuerdo al expediente 4404-B-2019 por medio del cual la Sra. Eva Adriana […]
VISTO el expediente n° 323/2019, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente n° 4404/2019, quién eleva proyecto de Ordenanza referente a aprobar la venta de la vivienda n° 11 el Plan Pro-Casa II a favor de la Sra. Eva Adriana Biedma;
que, de acuerdo al expediente 4404-B-2019 por medio del cual la Sra. Eva Adriana Biedma, D.N.I. N° 11.333.936, solicita la escrituración según Ley 10.830 de la vivienda nº 11 del Plan Pro Casa II, identificada catastralmente como Circunscripción I; Sección B; Quinta 57; Manzana 57c; Parcela 9; Partida 093-20721 de la ciudad de Saladillo;
que, a fs. 3/5 consta acta de recepción de la vivienda por parte de la Sra. Eva Adriana Biedma, por medio de la cual adquiere el carácter de adjudicataria del inmueble referido;
que, de la copia de la escritura anejada se desprende que la Municipalidad de Saladillo resulta ser la titular dominial de dicho inmueble (ver fs. 11/19);
que, conforme al artículo 2° de la Ordenanza 79/1990, promulgada bajo el número 1307 la Sra. Eva Adriana Biedma resultó adjudicataria de la Vivienda Nº 11 del Plan de Viviendas Pro-Casa II (fs. 20/21);
que, a fs. 23/24 obra informe socioeconómico del cual surge que la solicitante ocupa, junto a su grupo familiar, la vivienda que pretende escriturar;
que, desde la Oficina de Cómputos se informa que se ha cancelado la totalidad del valor de amortización de la vivienda (ver fs. 26);
que, conforme a lo dictaminado por el Director de Asuntos Legales a fs. 29, debería sancionarse una Ordenanza aprobando la venta de la vivienda nº 11 del Plan Pro Casa II, identificada catastralmente como Circunscripción I; Sección B; Quinta 57; Manzana 57c; Parcela 9; Partida 093-20721, a favor de la Sra. Eva Adriana Biedma por un valor total de pesos diez mil doscientos ochenta y siete con 28/100; y asimismo declararse de interés social la mentada escrituración;
que, por su parte el artículo 3° de la Ley 10.830 establece: “La intervención de la Escribanía General de Gobierno deberá ser requerida por los funcionarios que determine el Poder Ejecutivo…”; y
CONSIDERANDO que en la Cuarta Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 17 de junio de 2020, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Presupuesto y Hacienda, que aconseja sancionar el mencionado proyecto;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1°: Aprobar la venta de la vivienda nº 11 del Plan Pro Casa II, identificada catastralmente como Circunscripción I; Sección B; Quinta 57; Manzana 57c; Parcela 9; Partida 093-20721, a favor de la Sra. Eva Adriana Biedma por un valor total de pesos diez mil doscientos ochenta y siete con 28/100 ($ 10.287,28).-
ARTÍCULO 2°: Declarar de interés social la escrituración del inmueble detallado en el artículo anterior a favor de la Sra. Eva Adriana Biedma, D.N.I. N° 11.333.936, a cuyo efecto requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires a fin de autorizar su otorgamiento.-
ARTÍCULO 3°: Comunicar al Departamento Ejecutivo Municipal, dar al Registro Oficial, publicar y archivar.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los diecisiete días del mes de junio del año dos mil veinte.-
ORDENANZA N° 18/2020.-