Ordenanza N° 20/2019

  • Fecha de sanción: 23/04/2019
  • N° Promulgación:
  • Decreto Promulgación:

 VISTO el expediente n° 50/2019, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente n° 1754/2019, quién eleva proyecto de Ordenanza referente a disponer la circulación de la calle Lope Serrano; que, con fecha 8 de mayo de 2018 el Honorable Concejo Deliberante de Saladillo sancionó por unanimidad la Comunicación Nº 2/18 por medio de la cual […]

 VISTO el expediente n° 50/2019, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente n° 1754/2019, quién eleva proyecto de Ordenanza referente a disponer la circulación de la calle Lope Serrano;

que, con fecha 8 de mayo de 2018 el Honorable Concejo Deliberante de Saladillo sancionó por unanimidad la Comunicación Nº 2/18 por medio de la cual solicita al Departamento Ejecutivo se evalúe la posibilidad de que la calle Lope Serrano, en el tramo comprendido entre Avenida Ledesma y Avenida Bozán, sea de mano única y con sentido de circulación desde Av. Ledesma a Av. Bozán;

que, al sancionar dicha Comunicación los Concejales tuvieron en miras los problemas de tránsito que se generan en el tramo citado de la calle Lope Serrano;

que, asimismo, en la motivación de la Comunicación los Concejales hacen referencia a que la dimensión de la calle es estrecha, que cuenta con gran caudal de tránsito debido a que es una arteria de acceso al cementerio;

que, es de esperar que los Concejales al sancionar la comunicación referida hayan recabado información y recogido reclamos de los vecinos frentistas de la calle Lope Serrano, en el tramo que nos ocupa;

que, por Ordenanza n° 135/84 se había dispuesto que la calle Lope Serrano correría en sentido ascendente, mano única, en el tramo comprendido entre las calles Ledesma y Dellatorre;

que, en su momento al ser la única arteria asfaltada que llegaba al cementerio local, se transformó en doble mano a efectos de facilitar el acceso y egreso a dicho lugar;

que, en la actualidad existe otra arteria asfaltada y con doble sentido de circulación, cual es la calle Pereyra, que sirve como vía de acceso y egreso al cementerio local;

que, como respuesta a esa comunicación, y conforme a lo que dispone el inciso 2 del artículo 27° del Decreto Ley 6769/58 –Ley Orgánica de las Municipalidades-, se debería sancionar una Ordenanza que disponga la circulación en mano única de la calle Lope Serrano en el tramo comprendido entre las Avenida Ledesma y Avenida Bozán, y en ese sentido ascendente; y

CONSIDERANDO que en la Tercera Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 23 de abril de 2019, este Honorable Cuerpo aprobó el despacho de la Comisión de Obras Públicas y Vialidad, que aconseja sancionar el mencionado proyecto;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

O R D E N A N Z A

ARTÍCULO 1°: Dispóngase la circulación de la calle Lope Serrano en sentido ascendente, única mano, en toda su traza.-

ARTÍCULO 2°: Deróguese toda disposición, en la parte que se contraponga a la presente.-

ARTÍCULO 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese. –

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veintitrés días del mes de abril de año dos mil diecinueve. –

ORDENANZA N° 20/2019.-

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