VISTO el expediente n°69/2021, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante el expediente n°1167/2019 quién eleva proyecto de Ordenanza referente a adjudicar en venta un inmueble y declarar de interés social su escrituración de un inmueble a favor de del Sr. Andrés Fabian Fernández y la Sra. Andrea Leticia Pallero; que, el expediente 1167-F-2019 fué iniciado […]
VISTO el expediente n°69/2021, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante el expediente n°1167/2019 quién eleva proyecto de Ordenanza referente a adjudicar en venta un inmueble y declarar de interés social su escrituración de un inmueble a favor de del Sr. Andrés Fabian Fernández y la Sra. Andrea Leticia Pallero;
que, el expediente 1167-F-2019 fué iniciado por Andrés Fabián Fernández, DNI 22.671.014 y Andrea Leticia Pallero, DNI 23.818.978, mediante el cual solicitan se les otorgue la escritura traslativa de dominio del inmueble que habitan, cuya nomenclatura catastral es Circunscripción I; Sección E; Chacra 101; Manzana. 101u; Parcela 4; Partida: 093-16.545;
que, a fs. 13 consta acta de entrega y posesión de una vivienda correspondiente al “Plan Novios” a favor de los solicitantes;
que, de la documentación obrante a fs. 17/22 surge que el inmueble de referencia es de propiedad de la Municipalidad de Saladillo;
que, de la encuesta social obrante a fs. 29/30 surge que los solicitantes conviven en el inmueble mencionado junto a su único hijo;
que, en base a las constancias obrantes en el expediente, el Director de Asuntos Legales entiende que debería transferirse el inmueble a favor de los peticionantes, fijándose el precio de la venta en la suma de pesos siete mil novecientos cuarenta y dos 98/100 ($7.942,98);
que, el artículo 54° de la Ley Orgánica de las Municipalidades, dispone que “corresponde al Concejo aprobar la venta y la compra de bienes de la Municipalidad”;
que, por su parte el artículo 3° de la Ley 10.830 establece: “La intervención de la Escribanía General de Gobierno deberá ser requerida por los funcionarios que determine el Poder Ejecutivo…”; y
CONSIDERANDO que en la Cuarta Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 04 de mayo de 2021 este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Presupuesto y Hacienda, que aconseja sancionar el mencionado proyecto;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1°: Adjudicar en venta, por la suma de pesos siete mil novecientos cuarenta y dos 98/100 ($7.942,98) y a favor de Andrés Fabián Fernández, DNI N° 22.671.014 y Andrea Leticia Pallero, DNI N°23.818.978, el inmueble designado catastralmente como Circunscripción I, Sección E, Chacra 101, Manzana 101u, Parcela 4, Partida Inmobiliaria 093-16.545, inscripto en la matrícula 14.400 del Partido de Saladillo (093).-
ARTÍCULO 2°: Declarar de interés social la escrituración del inmueble detallado en el artículo anterior a favor de Andrés Fabián Fernández, DNI N° 22.671.014 y Andrea Leticia Pallero, DNI N° 23.818.978, a cuyo efectos requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires a fin de autorizar su otorgamiento.-
ARTÍCULO 3°: Comunicar al Departamento Ejecutivo, dar a Registro Oficial, cumplir, publicar y archivar.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO a los cuatro días del mes de mayo del año dos mil veintiuno.-
ORDENANZA N°20/2021.-