Ordenanza N° 21/2017
- Fecha de sanción: 16/05/2017
- N° Promulgación: 3118
- Decreto Promulgación: 1120/2017
VISTO el expediente nº 83/2017, iniciado por el Departamento Ejecutivo, mediante expediente nº 2008/2017, quién eleva proyecto de Ordenanza calificando como “Pasaje Compartido – Prioridad Peatón”, a las calles internas del Barrio 96 Viviendas de Saladillo; que, el expediente 2008-S-2017 caratulado “Subsecretario de Obras Públicas y Planeamiento – Eleva nota”, por medio del cual […]
VISTO el expediente nº 83/2017, iniciado por el Departamento Ejecutivo, mediante expediente nº 2008/2017, quién eleva proyecto de Ordenanza calificando como “Pasaje Compartido – Prioridad Peatón”, a las calles internas del Barrio 96 Viviendas de Saladillo;
que, el expediente 2008-S-2017 caratulado “Subsecretario de Obras Públicas y Planeamiento – Eleva nota”, por medio del cual se solicita calificar como “Pasaje Compartido – Prioridad Peatón” a las calles internas del Barrio 96 Viviendas conforme a plano obrante a fs. 2;
que, la alta densidad poblacional del Barrio 96 Viviendas, el cual cuenta con calles y veredas más angostas de lo común;
que, la Municipalidad ha realizado una importante obra de infraestructura en dicho barrio la cual consistió en la construcción de 16 cuadras de pavimento de hormigón, construcción de pavimento articulado en calles, construcción de cordón cuneta, construcción de veredas de hormigón, colocación de rampas en esquinas, colocación de luminarias, colocación de cestos de residuos y señalización, entre otras, con el objetivo de mejorar la calidad de vida de sus habitantes;
que, los tramos de calles que se pretenden calificar como “Pasaje Compartido – Prioridad Peatón” poseen pavimento articulado el cual permite incrementar la superficie de uso para los peatones, mejorar el paisaje del barrio y la calidad ambiental, permitiendo la incorporación de equipamiento urbano (masetas, árboles) en la calzada;
que, tal calificación tiene como característica otorgar prioridad de paso al peatón en la totalidad de la calzada, reducción de la velocidad vehicular a 10 km/hora y la prohibición de circulación del tránsito pesado, y como corolario de ello se ve disminuido el tránsito vehicular aumentando la seguridad del peatón; y
CONSIDERANDO que en la Cuarta Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 16 de mayo de 2017, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Obras Públicas y Vialidad, que aconseja sancionar el mencionado proyecto;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Califíquese como “Pasaje Compartido – Prioridad Peatón” a las calles internas del Barrio 96 Viviendas de la ciudad de Saladillo, conforme al plano que, como Anexo, forma parte integrante de la presente.-
ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los dieciseis días del mes de mayo del año dos mil diecisiete.-
ORDENANZA Nº 21/2017.-