VISTO el expediente nº78/2021, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente n°1235/2020, quién eleva proyecto de Ordenanza referente a donar y declarar de interés social la escrituración de un inmueble a favor de la Sra. Dina Rosa Noemi Acevedo; que, el mismo es iniciado por Dina Rosa Noemí Acevedo, DNI 14.567.517, solicitando se le otorgue […]
VISTO el expediente nº78/2021, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente n°1235/2020, quién eleva proyecto de Ordenanza referente a donar y declarar de interés social la escrituración de un inmueble a favor de la Sra. Dina Rosa Noemi Acevedo;
que, el mismo es iniciado por Dina Rosa Noemí Acevedo, DNI 14.567.517, solicitando se le otorgue la titularidad dominial, mediante el mecanismo previsto en la Ley 10.830, del inmueble identificado catastralmente como Circunscripción I; Sección H; Chacra 198; Manzana 198r; Parcela 16; Partida: 093-20572;
que, el inmueble en cuestión fue dado en comodato por la Municipalidad de Saladillo a la peticionante (folios. 2);
que, de la documentación obrante a folio. 5/11 surge que la Municipalidad de Saladillo es la titular dominial de inmueble cedido en comodato;
que, del informe socioeconómico (folios 13/14) surge que la solicitante habita la vivienda junto a sus 2 hijos y dos nietos, y que la misma fue construida con ayuda del Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad;
que, resulta necesario consolidar jurídicamente dicha realidad por lo que el Director de Asuntos Legales considera conveniente que se efectúe una donación a favor de Dina Rosa Noemí Acevedo, DNI 14.567.517, del inmueble identificado catastralmente como Circunscripción I; Sección H; Chacra 198; Manzana 198r; Parcela 16; Partida: 093-20572;
que, asimismo, y a fin de evitar especulaciones y negocios inmobiliarios, debería establecerse una restricción de ceder el uso del inmueble o transferirlo a terceros, a cualquier título, por un plazo que podría ser de diez años, a contarse desde el otorgamiento de la escritura, como así también de establecer un cargo por el cual el inmueble debe ser utilizado por el donatario y/o su grupo familiar;
que, por su parte el artículo 3° de la Ley 10.830 establece: “La intervención de la Escribanía General de Gobierno deberá ser requerida por los funcionarios que determine el Poder Ejecutivo…”; y
CONSIDERANDO que en la Cuarta Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 04 de mayo de 2021, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Presupuesto y Hacienda, que aconseja sancionar el mencionado proyecto;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1°: Donar a la Sra. Dina Rosa Noemí Acevedo, DNI N° 14.567.517, el inmueble identificado catastralmente como Circunscripción I; Sección H; Chacra 198; Manzana 198r; Parcela 16; Partida: 093-20572.-
ARTÍCULO 2°: La presente donación se realiza con el cargo de utilizar el inmueble únicamente para vivienda de la donataria y/o su grupo familiar. Para el supuesto en que no cumplieran con el cargo impuesto en el presente artículo, el dominio del inmueble donado quedará retrotraído de pleno derecho a favor de la Municipalidad de Saladillo sin necesidad de interpelación extrajudicial o judicial alguna.-
ARTÍCULO 3°: Asimismo se establece con respecto al inmueble donado la prohibición de ceder su uso, transferirlo, venderlo y/o constituir sobre los mismos derechos reales y/o gravámenes, a favor de terceros, todo ello por el término de 10 años contados a partir de la aceptación de la donación. La violación de la presente prohibición traerá aparejada la revocación de la donación efectuada, y la retrocesión del dominio, de pleno derecho, a favor de la Municipalidad de Saladillo, sin necesidad de interpelación extrajudicial o judicial alguna.-
ARTÍCULO 4°: Declarar de interés social la escrituración del inmueble detallado en el artículo 1° a favor de la Sra. Dina Rosa Noemí Acevedo, DNI N°14.567.517, a cuyo efectos requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires a fin de autorizar su otorgamiento.-
ARTÍCULO 5°: Comunicar al Departamento Ejecutivo, dar a Registro Oficial, cumplir, publicar y archivar.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO a los cuatro días del mes de mayo del año dos mil veintiuno.-
ORDENANZA N°21/2021.-