INCINERACION DE RESIDUOS EN LA PLANTA URBANA DE SALADILLO
VISTO el expediente nº77/92, iniciado por el Bloque de Concejales Justicialista referente a reglamentar la incineración de residuos en la Planta Urbana de Saladillo;
que, con fecha 12 de junio el Departamento Ejecutivo eleva expediente nº1314/92, referente a la Ordenanza nº20/92 promulgada bajo el nº1428/92;
que, la necesidad de producir un estudio profundo sobre los mecanismos a utilizar para el manejo de los residuos biocontaminados;
que, se impone una diferenciación entre ellos y los residuos denominados tóxicos;
que, es oportuno consultar a los Organismos Nacionales, Provinciales y Privados especialistas en el tema;
que, de acuerdo a los estudios y dictámenes que se produzcan se procedería a regular esta materia;
que, admitiría como una de las posibilidades, la de la participación de la actividad privada en el proyecto; y
CONSIDERANDO que reviste el problema del tratamiento de los residuos biológicamente contaminados que intervengan los Secretarios de Hacienda, de Obras Públicas, General, Sub-Secretaría de Acción Social, la Dirección de Salud en el estudio pormenorizado de la cuestión;
que, ello requiere el necesario tiempo para su análisis preparación de infraestructura;
que, en tal sentido es imprescindible suspender hasta que se produzcan los estudios nombrados la vigencia de la Ordenanza nº20/92;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Suspéndase la vigencia de la aplicación de la Ordenanza nº20/92 hasta que el Departamento Ejecutivo produzca los estudios necesarios para proceder a su aplicación o para la formulación de las modificaciones que sean pertinentes.-
ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los quince días del mes de junio de mil novecientos noventa y dos.-
ORDENANZA Nº22/92.-