Ordenanza N° 22/2020

  • Fecha de sanción: 17/06/2020
  • N° Promulgación:
  • Decreto Promulgación:

VISTO el expediente n° 330/2019, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente n° 6218/2019, quién eleva proyecto de Ordenanza referente a aprobar la venta de un inmueble y declarar de interés social la escrituración a favor del Sr. Ezequiel Osmar MACHADO; que, mediante el expediente 6218-M-2019 el Sr. Ezequiel Osmar Machado, D.N.I. N° 26.086.026, solicita […]

VISTO el expediente n° 330/2019, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente n° 6218/2019, quién eleva proyecto de Ordenanza referente a aprobar la venta de un inmueble y declarar de interés social la escrituración a favor del Sr. Ezequiel Osmar MACHADO;

que, mediante el expediente 6218-M-2019 el Sr. Ezequiel Osmar Machado, D.N.I. N° 26.086.026, solicita la escrituración mediante el mecanismo previsto en la Ley 10.830 de un inmueble que le fuera adjudicado en venta en el marco del denominado Plan Familia Propietaria, identificado catastralmente como Circunscripción I, Sección M, Chacra 336, Manzana 336k, Parcela 1; Partida Inmobiliaria Nº 093-22.832; inscripto en la Matrícula 2613 del Partido de Saladillo (093);

que, a fs. 7 se adjunta boleto de compraventa suscripto entre el solicitante, en calidad de comprador, y la Municipalidad de Saladillo, en calidad de vendedora;

que, conforme surge de la documentación agregada a fs. 10 se encuentran abonadas la totalidad de las cuotas mencionadas en la cláusula 3 del boleto de compraventa;

que, el inmueble objeto de la compraventa se encuentra inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Buenos Aires, a nombre de la Municipalidad de Saladillo;

que, a fs. 13/14 obra informe socioeconómico del cual surge que el solicitante habita, junto a su grupo familiar, el inmueble que pretende escriturar;

que, el artículo 54° de la Ley Orgánica de las Municipalidades, dispone que “corresponde al Concejo aprobar la venta y la compra de bienes de la Municipalidad”;

que, por su parte el artículo 3° de la Ley 10.830 establece: “La intervención de la Escribanía General de Gobierno deberá ser requerida por los funcionarios que determine el Poder Ejecutivo; y

 CONSIDERANDO que en la Cuarta Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 17 de junio del año 2020, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Presupuesto y Hacienda, que aconseja sancionar el mencionado proyecto;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona al siguiente

O  R  D E  N  A  N  Z A

ARTÍCULO 1°: Aprobar la venta del inmueble designado catastralmente como Circunscripción I, Sección M, Chacra 336, Manzana 336k, Parcela 1; Partida Inmobiliaria Nº 093-22.832; inscripto en la Matrícula 2613 del Partido de Saladillo (093), efectuada por la Municipalidad de Saladillo en el marco del denominado Plan Familia Propietaria, por boleto de compraventa de fecha 30 de abril de 2009, a favor de Ezequiel Osmar Machado, D.N.I. N° 26.086.026.-

ARTÍCULO 2°: Declarar de interés social la escrituración del inmueble detallado en el artículo anterior a favor de Ezequiel Osmar Machado, D.N.I. N° 26.086.026, a cuyo efectos requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires a fin de autorizar su otorgamiento.-

ARTÍCULO 3°: Comunicar al Departamento Ejecutivo Municipal, dar al Registro Oficial, publicar y archivar.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los diecisiete días del mes de junio del año dos mil veinte.-

ORDENANZA N° 22/2020.-

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