VISTO el expediente N° 47/2026, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente N° 748/2026, quien eleva proyecto de Ordenanza referente a convalidar incompetencia de la Secretaría de Gobierno;
que, mediante el Decreto nº 43/2026 se declara la incompetencia de la Secretaría de Gobierno, para llevar a cabo la tarea de organización y producción de los Carnavales 2026;
que, tal declaración de incompetencia se debe a que la citada Secretaría no cuenta con personal con la idoneidad necesaria para el desarrollo de la tarea especificada y siendo la misma de carácter excepcional y transitoria, resulta necesaria la contratación de personal idóneo por el tiempo que duren las mismas;
que, doctrinariamente el Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires ha considerado factible la contratación de profesionales por parte del Departamento Ejecutivo, siempre que no se cuente con personal especializado o el existente se declare incompetente;
que, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 66 del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, este tipo de contrataciones por parte de la Municipalidad, serán considerados gastos especiales;
que, atento ello resulta necesaria la intervención del Honorable Concejo Deliberante en un todo de acuerdo al artículo 32 de la ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, no obstante lo cual, y dada la premura que merece la disposición del recurso humano mencionado, se procedió al dictado de un decreto ad referéndum autorizando la contratación en cuestión; y
CONSIDERANDO que en la Sexta Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 02 de junio de 2026, este Honorable Cuerpo aprobó por mayoría el despacho de la Comisión de Presupuesto y Hacienda, que recomienda sancionar el mencionado proyecto;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1°: Convalidar la declaración de incompetencia de la Secretaría de Gobierno, efectuada mediante Decreto N° 43/2026 del Departamento Ejecutivo, para llevar a cabo la tarea de organización y producción de los Carnavales 2026.-
ARTÍCULO 2°: Autorizar y aprobar los gastos de carácter especial originados por la contratación del personal idóneo efectuada en el marco de la incompetencia declarada por el decreto mencionado en el artículo que antecede.-
ARTÍCULO 3°: Comunicar al Departamento Ejecutivo, dar al Registro Oficial, cumplir, publicar y archivar.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los dos días del mes de junio del año dos mil veintiséis.-
ORDENANZA N° 22/2026.-