Ordenanza N° 23/2019
- Fecha de sanción: 23/04/2019
- N° Promulgación:
- Decreto Promulgación:
VISTO el expediente n° 45/2019, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente n° 1752/2019, quién eleva proyecto de Ordenanza referente a aprobar Convenio Marco de Colaboración y Cooperación suscripto con la Universidad Nacional de Tres de Febrero; que, el mismo tiene como objeto implementar todas aquellas acciones tendientes a desarrollar programas de cooperación de carácter […]
VISTO el expediente n° 45/2019, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente n° 1752/2019, quién eleva proyecto de Ordenanza referente a aprobar Convenio Marco de Colaboración y Cooperación suscripto con la Universidad Nacional de Tres de Febrero;
que, el mismo tiene como objeto implementar todas aquellas acciones tendientes a desarrollar programas de cooperación de carácter cultural, académico científico, técnico y de desarrollo para el beneficio de ambas instituciones, en áreas de mutuo interés y en concreciones especiales para cada caso en particular;
que, cada una de las acciones que se implementen en forma de programas serán fijadas por medio de acuerdos específicos de las partes a través de protocolos adicionales;
que, conforme a lo normado por el artículo 41° del Decreto Ley 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) el convenio mencionado debe ser aprobado por el Honorable Concejo Deliberante;
CONSIDERANDO que en la Tercera Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 23 de abril de 2019, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Educación y Cultura, que aconseja sancionar el mencionado proyecto con modificaciones;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1°: Apruébese el Convenio Marco de Colaboración y Cooperación suscripto entre la Universidad Nacional de Tres de Febrero y la Municipalidad de Saladillo, que como Anexo I pasa a ser parte integrante de la presente.-
ARTICULO 2°: Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir Anexos, Actas y/o Acuerdos Complementarias que fueran necesarias para cumplir con el objeto del convenio a que se refiere el artículo 1°, con su posterior aprobación del Honorable Concejo Deliberante.-
ARTÍCULO 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese. –
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veintitrés días del mes de abril del año dos mil diecinueve. –
ORDENANZA N° 23/2019.-
ANEXO I