Ordenanza N° 23/2019

  • Fecha de sanción: 23/04/2019
  • N° Promulgación:
  • Decreto Promulgación:

VISTO el expediente n° 45/2019, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente n° 1752/2019, quién eleva proyecto de Ordenanza referente a aprobar Convenio Marco de Colaboración y Cooperación suscripto con la Universidad Nacional de Tres de Febrero; que, el mismo tiene como objeto implementar todas aquellas acciones tendientes a desarrollar programas de cooperación de carácter […]

VISTO el expediente n° 45/2019, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente n° 1752/2019, quién eleva proyecto de Ordenanza referente a aprobar Convenio Marco de Colaboración y Cooperación suscripto con la Universidad Nacional de Tres de Febrero;

que, el mismo tiene como objeto implementar todas aquellas acciones tendientes a desarrollar programas de cooperación de carácter cultural, académico científico, técnico y de desarrollo para el beneficio de ambas instituciones, en áreas de mutuo interés y en concreciones especiales para cada caso en particular;

que, cada una de las acciones que se implementen en forma de programas serán fijadas por medio de acuerdos específicos de las partes a través de protocolos adicionales;

que, conforme a lo normado por el artículo 41° del Decreto Ley 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) el convenio mencionado debe ser aprobado por el Honorable Concejo Deliberante;

CONSIDERANDO que en la Tercera Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 23 de abril de 2019, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Educación y Cultura, que aconseja sancionar el mencionado proyecto con modificaciones;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1°: Apruébese el Convenio Marco de Colaboración y Cooperación suscripto entre la Universidad Nacional de Tres de Febrero y la Municipalidad de Saladillo, que como Anexo I pasa a ser parte integrante de la presente.-

ARTICULO 2°: Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir Anexos, Actas y/o Acuerdos Complementarias que fueran necesarias para cumplir con el objeto del convenio a que se refiere el artículo 1°, con su posterior aprobación del Honorable Concejo Deliberante.-

ARTÍCULO 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese. –

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veintitrés días del mes de abril del año dos mil diecinueve. –

ORDENANZA N° 23/2019.-

ANEXO I

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