Ordenanza N° 25/1988

  • Fecha de sanción: 05/07/1988
  • N° Promulgación: 1093
  • Decreto Promulgación: 156/88

AUTORIZACION A SUSCRIBIR CONVENIO CON EL MINISTERIO DE ASUNTOS AGRARIOS DE LA PCIA.DE BS.AS. PARA LA

VISTO el expediente nº148/88, elevado por el Departamento Ejecutivo, a fin de que este Honorable Concejo Deliberante autorice suscribir Convenio con el Ministerio de Asuntos Agrarios de la Provincia de Buenos Aires, para la adquisición de 40.000 ejemplares arbustivos y arboreos, con destino al Plan de Arbolado Urbano que esta implementando dicho Ministerio; y

CONSIDERANDO lo dispuesto por el Artículo 41º, de la Ley Orgánica de las Municipalidades;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a suscribir el Convenio con el Ministerio de Asuntos Agrarios de la Provincia de Buenos Aires, para la adquisición de 40.000 ejemplares Arbustivos y Arboreos, cuya copia forma parte de la presente, como Anexo I.-

ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los cuatro días del mes de julio de mil novecientos ochenta y ocho.

ORDENANZA Nº25/88.-

ANEXO I

C O N V E N I O

– – – Entre el Ministerio de Asuntos Agrarios de la Provincia de Buenos Aires, representado en este acto por su titular Ing. Agr. Felipe Carlos SOLA y la Municipalidad de Saladillo, representada por el Señor Intendente Dr. Francisco José FERRO convienen en celebrar el siguiente Convenio ad-referendum – del Poder Ejecutivo, con la finalidad de proveer material de plantación para el Plan de Arbolado Urbano 1988 que tiene previsto realizar la provincia, a través de la participación de su Dirección Forestal.- El mismo, se regir por las siguientes cláusulas:
PRIMERA: La Municipalidad se compromete por este acto a suministrar durante el año 1988 – entre los meses de mayo y agosto inclusive la cantidad de CUARENTA MIL (40.000) ejemplares aptos para satisfacer los requerimientos de los Municipios involucrados en el «PLan de Arbolado Urbano 1988» que llevar a cabo la Dirección Forestal del Ministerio de Asuntos Agrarios.-
SEGUNDA: Preferentemente estos ejemplares responderán a las siguientes características:

ESPECIE CANTIDAD EDAD ALTURA
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Acacia bola 1.500 3 2-2,50
Acacia rosada 1.000 3 2-2,50
Alamo Conti 12 6.000 3 2.20-2.50
Acacia de Constantinopla 1.000 2 1.50-2.00
Catalpa 2.500 3 2.20-2.50
Cipres lusit nica 1.500 1 0.50-0.60
Cotoneaster 1.000 2 0.50-1.00
Crataegus 1.500 2 0.50-1.00
Crespón 1.000 3 0.80-1.20
Eucalipto cinerea 3.000 1 0.50-1.00
Fresno americano (copado) 4.000 3 2.00-2.50
Fresno americano (varillón) 2.000 3 2.00
Fresno ureo 1.500 3 1.80-2.00
Plátano 1.000 2 1.80-2.00
Roble americano 1.000 3 1.80-2.00
Roble de los pantanos 1.500 3 1.80-2.00
Sauces (131/25 y 131/27) 4.500 3 2.50
Sauces (llorón y electrico) 2.500 3 2.50
Tilo (media copa) 500 3 2.00
Thuya compacta 1.500 1 0.50
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TERCERA: En el caso que algunas de las especies forestales consignadas en la cláusula anterior no se encuentren en las condiciones de calidad y cantidad requeridas, podrán ser reemplazadas por otras de similares características y utilidad, previa conformidad de ambas partes.-
CUARTA: El Ministerio se compromete a abonar a la Municipalidad la suma de australes doscientos quince mil setecientos cincuenta (=A= 215.750), en concepto de la adquisición de los ejemplares forestales previstos en la cláusula segunda del presente Convenio (ver Anexo I).-
QUINTA: El pago de la suma prevista en la cláusula anterior, ser efectivizada de la siguiente manera: cincuenta por ciento a la firma del presente acto y el cincuenta por ciento restante al 31 de agosto de 1988.-
SEXTA: En caso de incumplimiento total o parcial por parte de la Municipalidad, esta se obliga al reintegro de la sumas percibidas, de acuerdo a lo especificado en el Anexo I que forma parte del presente, y que ser n ajustadas en el tiempo a través del índice de Precios Mayoristas de Nivel General tomando como base el mes de mayo de 1988.-
SEPTIMA: A todos los efectos que puedan surgir del presente Convenio las partes fijan sus domicilios legales: el Ministerio de Asuntos Agrarios en calle 51 Nº774 de la ciudad de la Plata y la Intendencia Municipal de Saladillo en el edificio de sus funciones en la ciudad cabecera del Partido.-
– – – En prueba de conformidad se firman dos (2) ejemplares del mismo tenor, en la ciudad de La Plata, a los … días del mes de … del año 1988.

ESPECIE VALOR UNITARIO CANTIDAD VALOR TOTAL
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Acacia bola 10 1.500 15.000
Acacia rosada 8 1.000 8.000
Alamo Conti 12 10 6.000 10.000
Acacia de Constantinopla 3 1.000 18.000
Catalpa 4.5 2.500 11.250
Cipres lusit nica 3.5 1.500 5.250
Cotoneaster 8 1.000 8.000
Crataegus 2.5 1.500 3.750
Crespón 8 1.000 8.000
Eucalipto cinerea 2 3.000 6.000
Fresno americano (copado) 8 4.000 32.000
Fresno americano (varillón) 5 2.000 10.000
Fresno ureo 12 1.500 18.000
Pl tano 8 1.000 8.000
Roble americano 6 1.000 6.000
Roble de los pantanos 7 1.500 10.500
Sauces (131/25 y 131/27) 3 4.500 13.500
Sauces (llorón y electrico) 4 2.500 10.500
Tilo (media copa) 16 500 8.000
Thuya compacta 4 1.500 6.000
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TOTALES 40.000 =A= 215.750
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