DECLARACION DE UTILIDAD PUBLICA Y PAGO OBLIGATORIO LAS OBRAS DE AMPLIACION DEL ALUMBRADO PUBLICO EN
VISTO el requerimiento de un número importante de vecinos que manifiestan el interés de contar con el servicio de alumbrado público con columnas, en cuadras pavimentadas de la Planta Urbana de Saladillo; y
CONSIDERANDO lo estipulado en la Ordenanza General de la Provincia de Buenos Aires nº 165 (Obras Públicas Municipales) que contempla la realización de obras públicas por el sistema de contrato directo entre vecinos y empresas constructoras;
que, ante la imposibilidad económica del Municipio de financiar y afrontar este tipo de realizaciones, los vecinos interesados deberán afrontar el 100% de las obras necesarias para la ampliación del Alumbrado Público con columnas;
por todo ello, el HONRABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Declárese de Utilidad Pública y Pago Obligatorio las Obras de Ampliación del alumbrado público en cuadras pavimentadas de Saladillo, ejecutadas por contratos directos entre vecinos y empresas constructoras, donde se registre la conformidad de un setenta por ciento (70%) de los propietarios o poseedores a título de dueño de las parcelas con frente a la obra, o por un número de vecinos que representa igual porcentaje de la extensión total de los frentes.-
ARTICULO 2º: Facúltase al Departamento Ejecutivo para instrumentar las medidas legales y técnicas que faciliten y posibiliten la realización de las obras, garantizándose especialmente el compromiso de la empresa constructora con los vecinos involucrados.-
ARTICULO 3º: Las obras deberán ser proyectadas y ejecutadas de acuerdo a las normas que determine la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, basadas en las pautas generales de las obras de Alumbrado Público con sodio ejecutadas por el Municipio.-
ARTICULO 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veintinueve días del mes de abril de mil novecientos noventa y uno.-
ORDENANZA Nº25/91.-
ANEXO I
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
OBRA: Alumbrado Publicado.-
El alumbrado público a instalarse en el futuro, será de las siguientes características:
AVENIDAS PRINCIPALES: Se montarán columnas de acero de 8 metros libres con artefactos tipo Lampen AL 250 w, lámpara de sodio de 250W Balasto e ignitor marca Wanco o equivalente.-
CALLES: Se montarán columnas de acero de 8 metros libres con artefactos tipo Lampen AL 470,lámpara de sodio de 150 W, balasto e ignitor marca Wanco o equivalente.-
SISTEMA DE ALIMENTACION: La alimentación se hará a través de un cable de 2 x 1,5 mm2. tipo taller y un fusible aéreo el cual se conectará a la línea de alumbrado público.-
LINEA DE ALUMBRADO PUBLICO: La línea de alumbrado público será de aluminio de 25 mm2. montada en las mismas crucetas existentes de la Cooperativa Eléctrica.-
En los casos que haya líneas existentes y que las mismas estén en buenas condiciones podrán ser utilizadas.-
PINTURA DE COLUMNAS: Se aplicará una capa de fondo de convertidor de óxido y 2 capas de pintura sintética color ocre.-
FUNDACION: La fundación ser de hormigón y sobre base según planos.-
PUESTA A TIERRA: Se instalará una puesta a tierra por columna con un conductor de 25 mm2. de cobre.-