Ordenanza N° 26/1994

  • Fecha de sanción: 08/06/1994
  • N° Promulgación: 1596
  • Decreto Promulgación: 136/94

DECLARAR ZONA URBANIZADA A LA COMPRENDIDA POR LA RUTA NACIONA 205 DESDE SANGUINETTI HASTA SAAVEDRA.-

VISTO el expediente nº41/94, iniciados por los Concejales Tenaglia y Balbiani -Bloque Justicialista-, a través del cual elevan proyecto de Ordenanza referente a señalizar la zona comprendida dentro de la Planta Urbana del tramo de la Ruta Nacional 205 desde Av. Sanguinetti hasta Av. Saavedra;

que, las necesidades de los ciudadanos cuyas viviendas son adyacentes o cercanas a la Ruta Nacional 205, en cuanto a la peligrosidad manifiesta derivada del acceso vehicular en el tramo comprendido entre las calles Orlando Sanguinetti y Saavedra de nuestra ciudad; la misma situación requiere un tratamiento por este Honorable Concejo Deliberante;

que, el problema del tránsito, y su irregularidad tiene consecuencias directas en la seguridad pública de los transeúntes y vecinos del o los Barrios del tramo comprendido y citado; como también de los vecinos de la comunidad en general;

que, es imprescindible el control del tránsito a través de las autoridades competentes, en estricto cumplimiento del poder de policía municipal, como así también la señalización correspondiente;

que, en cuanto a este control, la Municipalidad es perfectamente competente para apercibir y percibir multas a los conductores que se excedan de los límites reglamentarios, incluso de nuestro Código Contravencional Municipal;

que, de resolverse favorablemente ésta inquietud la Municipalidad podría lograr dos objetivos primordiales para la comunidad; por un lado el control del tránsito con la consiguiente prevención de accidentes, inconvenientes y otras anormalidades propias y naturales de estos temas, y por otro lado, la percepción de fondos originados con motivo de ocasionarse contravenciones a la Ley de Tránsito y/o Código Contravencional Municipal; y

CONSIDERANDO que en la continuación de la Cuarta Sesión Ordinaria llevada a cabo el día 30 de mayo del año 1994, el Honorable Cuerpo aprobó el proyecto de Ordenanza con la excepción del artículo 4º;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1º: Señalícese como zona urbanizada a la comprendida por la Ruta Nacional Nº205, desde la Avenida Sanguinetti hasta la Avenida Saavedra.-

ARTICULO 2º: Señalícese el tramo mencionado a los efectos de practicar las prevenciones adecuadas en materia de tránsito vehicular.-

ARTICULO 3º: Permítase aplicar las Ordenanzas y Ley de Tránsito Provincial, según corresponda, a las autoridades Municipales y/o Provinciales que tenga competencia en materia del Poder de Policía.-

ARTICULO 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los treinta días del mes de mayo del año mil novecientos noventa y cuatro.-

ORDENANZA Nº26/94.-

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