Ordenanza N° 28/2015
- Fecha de sanción: 16/06/2015
- N° Promulgación: 0
- Decreto Promulgación:
DECLARAR INCOMPETENCIA DEL AREA DE RECURSOS HUMANOS PARA TAREAS DE UN GRAFOLOGO Y UN MEDICO
VISTO el expediente nº 108/2015, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente nº 72/2015, que eleva Decreto Nº 27/2015 ad-reférendum del Honorable Cuerpo declarando la incompetencia del Area de Recursos Humanos para realizar tareas inherentes a un grafólogo como así también a un médico;
que, el expediente nº 72/2015, iniciado por la Responsable de Recursos Humanos;
que, mediante el expediente referenciado se informa que desde el Area de Recursos Humanos se realizan entre otras actividades estudios grafológicos y test psicológicos de personalidad a todas aquellas personas que pretendan ingresar a trabajar en la Administración Pública Municipal, teniendo a su cargo además todo lo atinente a la medicina laboral;
que, el área mencionada no cuenta con personal capacitado y habilitado para realizar las tareas antedichas;
que, conforme el planteo formulado, debe proceder a declararse la incompetencia del Area de Recursos Humanos, autorizándose la contratación de personal calificado para realizar las mencionadas tareas;
que, dicha incompetencia debe ser declarada por el Honorable Concejo Deliberante;
que, al encontrarse dicho órgano en receso estival resulta necesario efectuar la declaración de incompetencia mediante el dictado de un decreto del Departamento Ejecutivo ad referéndum del Honorable Concejo Deliberante, a efectos de no ver entorpecido el normal funcionamiento de la Administración Pública; y
CONSIDERANDO que en la Sexta Sesión Ordinaria llevada a cabo el día 16 de junio del año 2015, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Presupuesto y Hacienda que recomienda su convalidación;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Declárese la incompetencia del Area de Recursos Humanos, por carecer de personal calificado, para realizar las tareas inherentes a un grafólogo como así también a un médico.-
ARTICULO 2º: Autorícese a la Oficina de Contaduría y al Area mencionada a contratar los profesionales, técnicos y demás personas que reúnan las condiciones, capacidades e idoneidades propias de las funciones a realizar.-
ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los dieciseis días del mes de junio del año dos mil quince.-
ORDENANZA Nº 28/2015.-