Ordenanza N° 3/2016

  • Fecha de sanción: 12/04/2016
  • N° Promulgación: 2998
  • Decreto Promulgación: 456/2016

VISTO, el expediente nº 47/2016, iniciado por el Departamento Ejecutivo, mediante el expediente nº 1437/2016, quién eleva Decreto nº 331/2016, ad referéndum del Honorable Cuerpo,  autorizando la firma del convenio de asistencia y soporte del sistema informático RAFAM con la firma GRID IT SEVEN S.A.; y   que, el expediente 1437-D-2016 y lo solicitado por […]

VISTO, el expediente nº 47/2016, iniciado por el Departamento Ejecutivo, mediante el expediente nº 1437/2016, quién eleva Decreto nº 331/2016, ad referéndum del Honorable Cuerpo,  autorizando la firma del convenio de asistencia y soporte del sistema informático RAFAM con la firma GRID IT SEVEN S.A.; y

que, el expediente 1437-D-2016 y lo solicitado por el Director de Ingreso Público, donde requiere autorización para suscribir un convenio de asistencia y soporte del sistema informático RAFAM con la firma GRID IT SEVEN S.A.,

que, el sistema RAFAM fué desarrollado por el Ministerio de Economía de la Provincia de Buenos Aires e implementado por este Municipio,

que, el Municipio no cuenta con personal para la asistencia diaria en las dificultades que se presentan en la utilización del sistema informático y software provisto por la Provincia de Buenos Aires,

que, resulta necesario contratar asistencia y soporte para el sistema informático RAFAM,

que, dicha contratación debe ser autorizada por el Honorable Concejo Deliberante,

que, al encontrarse dicho órgano en receso, y dada la premura que merece la contratación del servicio mencionado, resulta necesario autorizar la suscripción del contrato mediante el dictado de un decreto del Departamento Ejecutivo ad referéndum del Honorable Concejo Deliberante, y

CONSIDERANDO que en la Segunda Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 12 de abril de 2016, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Presupuesto y Hacienda, que aconseja aprobar dicho contrato;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1º: Autorízase la suscripción de un contrato entre la Municipalidad de Saladillo y la firma GRID IT SEVEN S.A. a los fines de formalizar la prestación de un Servicio de Consultoría y Asistencia del sistema RAFAM desarrollado por el Ministerio de Economía de la Provincia de Buenos Aires, en los módulos del Presupuesto, Contrataciones, Contabilidad, Tesorería y Bienes Físicos.- Dicho contrato consta a fs. 2/3 del mencionado expediente.-

ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-

DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HOMORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los doce días del mes de abril del año dos mil dieciséis.-

ORDENANZA Nº  3/2016.-

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