Ordenanza N° 32/2020
- Fecha de sanción: 29/07/2020
- N° Promulgación:
- Decreto Promulgación:
VISTO el expediente n° 94/2020, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente n° 2764/2020, quién eleva proyecto de Ordenanza referente a fijar a partir del 1° de Julio de 2020 las escalas de Asignaciones Familiares para el Personal Municipal; que, la Ley N° 24.714 y sus modificatorias instituye con carácter nacional y obligatorio al Régimen […]
VISTO el expediente n° 94/2020, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente n° 2764/2020, quién eleva proyecto de Ordenanza referente a fijar a partir del 1° de Julio de 2020 las escalas de Asignaciones Familiares para el Personal Municipal;
que, la Ley N° 24.714 y sus modificatorias instituye con carácter nacional y obligatorio al Régimen de Asignaciones Familiares para los trabajadores que presten servicios remunerados en relación de dependencia en la actividad pública nacional;
que, asimismo la Ley N°14.656, regulatoria del empleo público municipal en la Provincia de Buenos Aires, establece entre los derechos del trabajador municipal subsidios y asignaciones familiares conforme a la ley nacional;
que, a raíz de negociaciones llevadas a cabo con el Sindicato de Trabajadores Municipales de Saladillo y con Unión Personal Civil de la Nación, el Departamento Ejecutivo Municipal resolvió hacer efectivo a partir del 1° de julio de 2020, un incremento salarial aplicable a todas las categorías de trabajadores municipales;
que, a consecuencia del aumento referido, de aprobarse el Proyecto de Ordenanza mencionado, y conforme a la actual escala y montos muchos de los trabajadores dejarían de percibir las asignaciones familiares;
que, razones de justicia social hacen necesario implementar políticas que impulsen medidas orientadas a proteger los intereses de los trabajadores de este municipio;
que, resulta entones necesario, efectuar una modificación en las escalas y/o tramos de sueldos, y en idéntico porcentaje que el aumento que el trabajador perciba, a fin de evitar la pérdida de las prestaciones en relación a los salarios; y
CONSIDERANDO que en la Sexta Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 29 de julio de 2020, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Presupuesto y Hacienda, que aconseja sancionar el mencionado proyecto;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1°: Fíjar a partir del 1º de julio de 2020 las escalas de Asignaciones Familiares que a continuación se detallan:
Asignación por Hijo
Remuneración entre | $ 0,00 | y | $ 12.920,67 | $ 340,00 | |
Remuneración entre | $ 12.920,68 | y | $ 14.745,87 | $ 250,00 | |
Remuneración entre | $ 14.745,88 | y | $ 17.179,47 | $ 160,00 | |
Remuneración entre | $ 17.179,48 | y | $ 29.347,47 | $ 90,00 | |
Más de | $ 29.347,48 | y | $ – | $ – |
Asignación por Hijo con Discapacidad
Remuneración entre | $ 0,01 | y | $ 23.218,65 | $ 2.730,00 | |
Remuneración entre | $ 23.218,66 | y | $ 25.576,20 | $ 1.930,00 | |
Remuneración entre | $ 25.576,21 | y | $ – | $ 1.217,00 |
ARTÍCULO 2°: Comunicar al Departamento Ejecutivo Municipal, dar al Registro Oficial, publicar y archivar .-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veintinueve días del mes de julio del año dos mil veinte .-
ORDENANZA N° 32/2020.-