VISTO el expediente N° 184/2026, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente N° 2392/2026, quien eleva proyecto de Ordenanza referente a adicionar la suma de $ 60.000 al adicional no bonificable del personal municipal, superior y jerárquico a partir del 1° de mayo;
que, se llevó a cabo la negociación paritaria el día 22 de mayo de 2026 entre el Departamento Ejecutivo, el Sindicato de Trabajadores Municipales de Saladillo y Unión Personal Civil de la Nación, en el marco de la Ley 14.656 y el Convenio Colectivo de Trabajo;
que, el Departamento Ejecutivo ha acordado reabrir la negociación paritaria a fin de mejorar la situación de los trabajadores;
que, en ese contexto, se acordó adicionar la suma fija de pesos sesenta mil ($ 60.000,00) al Adicional no Bonificable que percibe el Personal de Planta Temporaria, Planta Permanente, Superior y Jerárquico excepto el Intendente Municipal;
que, tales incrementos regirán a partir del 1° de mes de mayo de 2026;
que, ambos conceptos se encuentran establecidos en los artículos 6º y 7°, de la Ordenanza Complementaria para el Presupuesto del año 2026;
que, dada la proximidad entre la fecha del acuerdo y la fecha en la que el municipio practica la liquidación de sueldos, a efectos de que el incremento se vea reflejado en el sueldo de mayo, el Departamento Ejecutivo dispuso el mismo mediante Decreto 693/2026 dictado ad referéndum del Honorable Concejo Deliberante; y
CONSIDERANDO que en la Sexta Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 02 de junio de 2026, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Presupuesto y Hacienda, que recomienda sancionar el mencionado proyecto;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1°: Convalidar lo dispuesto por el Departamento Ejecutivo Municipal mediante el Decreto N° 693/2026, en cuanto incrementar, a partir del 1 de mayo de 2026, los montos de las bonificaciones “Adicional no bonificable” para el personal de Planta Permanente, Superior y Jerárquico (excepto el Intendente Municipal) y para el Personal Temporario.-
ARTÍCULO 2°: Comunicar al Departamento Ejecutivo, dar al Registro Oficial, cumplir, publicar y archivar.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los dos días del mes de junio del año dos mil veintiséis.-
ORDENANZA N° 32/2026.-