VISTO el expediente N° 138/2025, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente N° 2802/2025, quien eleva proyecto de Ordenanza referente a aprobar acuerdo con la Cooperativa Eléctrica de Saladillo y la Asociación Civil Sociedad Protectora de Desvalidos;
que, existe un Acuerdo suscripto entre la Cooperativa Eléctrica de Consumo y Otros Servicios de Saladillo Ltda., la asociación civil Sociedad Protectora de Desvalidos y la Municipalidad de Saladillo con fecha 2 de enero de 2025;
que, la Sociedad Protectora de Desvalidos es una asociación sin fines de lucro que tiene como objetivo principal la protección integral de personas de la tercera edad, alojándolos y brindándoles los cuidados necesarios a todos aquellos que ya no pueden vivir de forma independiente por razones de salud y/o económicas y/o por razones familiares;
que, para ello debe mantener el inmueble donde funciona el hogar, organizar un cuerpo de profesionales afines con los cuidados para la tercera edad y desarrollar acciones para la efectiva colaboración de voluntarios con el mantenimiento de la entidad;
que, en función de ello, atento a la política adoptada desde el Ejecutivo Municipal, de permanente apoyo a las instituciones intermedias que tiene su ámbito de actuación en el partido de Saladillo, en reconocimiento a la labor desarrollada por la Sociedad Protectora de Desvalidos se decide, conjuntamente con la Cooperativa Eléctrica, colaborar con el desenvolvimiento de la misma;
que, la colaboración acordada consiste en el pago, por parte de la Municipalidad, del 50% de las facturas por consumo de energía eléctrica del inmueble ubicado en la intersección de las calles Moreno y Ledesma de Saladillo; mientras por su parte, LA COOPERATIVA, subsidiará el 50% restante de las facturas del inmueble indicado, a fin de que las mismas están cubiertas en un 100%;
que, de acuerdo a lo normado por el art. 41 del Decreto Ley 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) el acuerdo mencionado debe ser aprobado por el Honorable Concejo Deliberante; y
CONSIDERANDO que en la Séptima Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 18 de junio de 2025, este Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Presupuesto y Hacienda, que aconseja sancionar el mencionado proyecto;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1°: Aprobar el Acuerdo suscripto entre la Cooperativa Eléctrica de Consumo y Otros Servicios de Saladillo Ltda., la asociación civil Sociedad Protectora de Desvalidos y la Municipalidad de Saladillo con fecha 2 de enero de 2025, que como Anexo I pasa a ser parte integrante de la presente.-
ARTÍCULO 2°: Comunicar al Departamento Ejecutivo Municipal, dar al Registro Oficial, cumplir, publicar y archivar.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los dieciocho días del mes de junio del año dos mil veinticinco.-
ORDENANZA Nº 35/2025.-