VISTO el expediente N° 122/2021, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente N° 5219/2020, quién eleva proyecto de Ordenanza solicitando declarar de utilidad pública la obra de Saneamiento Hidráulico de la calle Quito Martínez entre Acceso Néstor Kirchner y Avenida Pereyra; que, esta obra responde a una necesidad planteada por los vecinos del barrio, motivada […]
VISTO el expediente N° 122/2021, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente N° 5219/2020, quién eleva proyecto de Ordenanza solicitando declarar de utilidad pública la obra de Saneamiento Hidráulico de la calle Quito Martínez entre Acceso Néstor Kirchner y Avenida Pereyra;
que, esta obra responde a una necesidad planteada por los vecinos del barrio, motivada por el crecimiento demográfico de la zona, lo cual ante la caída de intensas lluvias el agua se ve imposibilitada de drenar y por lo tanto provoca anegamiento tornando intransitable el camino;
que, el presupuesto oficial de la obra asciende a la suma de pesos seiscientos noventa y cuatro mil ciento cincuenta y dos ($ 694.152,00);
que, el Municipio se hará cargo del 50% de la obra, resultando necesario incluir en la obligación de retribuir el 50% restante a la totalidad de los frentistas comprendidos en la misma;
que, teniendo en cuenta que el 50% del presupuesto oficial asciende a la suma de pesos trescientos cuarenta y siete mil setenta y seis ($ 347.076,00), se establece un precio por metro lineal a cargo del frentista de pesos trescientos cuarenta y siete con 27/100 ($ 347,27);
que, mediante Decreto 2257/2020 el Departamento Ejecutivo aprobó el cómputo y presupuesto para la obra de Saneamiento Hidráulico de la calle Quito Martínez entre Acceso Néstor Kirchner y Avenida Pereyra;
que, asimismo por dicho decreto, y en conformidad al 2º párrafo del artículo 10° de la Ordenanza General 165/73, se habilitó un Registro de Oposiciones del cual surge que los frentistas Guillermo Martínez, Gómez Andrea, Sánchez Walter Nicolás, Iocco Carlos Roque y Cotignola Rubén, se oponen a la realización de la misma;
que, previo a emprender la realización de la obra, se les da la posibilidad a los frentistas opositores a que fundamenten su oposición, la cual es formalizada el 22 de febrero de 2021 (fs. 66/67) y rechazada mediante Resolución 2/2021 de la Subsecretaría Legal y Técnica, contra la cual se interpone recurso de reconsideración y jerárquico en subsidio;
que, mediante la Resolución 3/2021 de la Subsecretaría Legal y Técnica se resuelve el recurso de reconsideración confirmando la Resolución 2/2021 y mediante Decreto 1237/2021 se resuelve el recurso jerárquico en subsidio confirmando la Resolución 3/2021;
que, para que el costo de la obra sea de pago obligatorio para los propietarios o poseedores a título de dueño, de los inmuebles beneficiados, resulta necesaria la declaración de su utilidad pública (conf. art. 35 de la Ordenanza General 165/73);
que, de acuerdo a lo establecido en el último párrafo del Artículo 59° del Decreto Ley 6769/58 la utilidad pública debe ser declarada mediante Ordenanza del Departamento Deliberativo; y
CONSIDERANDO que en la Séptima Sesión Ordinaria, llevada a cabo el 23 de junio de 2021, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Obras Públicas y Vialidad, que aconseja sancionar el mencionado proyecto;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1°: Declárese de Utilidad Pública la obra de Saneamiento Hidráulico de la calle Quito Martínez entre Acceso Néstor Kirchner y Avenida Pereyra; todo ello conforme a lo establecido en el artículo 59° del Decreto-Ley 6769/58 y la Ordenanza General Nº165 que regula las Obras Públicas Municipales en la Provincia de Buenos Aires.-
ARTÍCULO 2°: Comunicar al Departamento Ejecutivo, dar a Registro Oficial, cumplir, publicar y archivar.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veintitrés días del mes de junio del año dos mil veintiuno.-
ORDENANZA N° 36/2021.-