MODIFICACION DE LOS ARTICULOS 33?, 35? Y 20? DE LA ORDENANZA IM-POSITIVA VIGENTE.-
VISTO el expediente nº153/90, elevado por el Departamento Ejecutivo bajo el expediente nº633/90, referente a proyecto de Ordenanza Impositiva – Modificación artículos 33º, 35º y 20º de la misma;
que, la convocatoria efectuada por este Honorable Concejo Deliberante a los Señores Concejales y Mayores Contribuyentes para el tratamiento según expediente nº163/90; y
CONSIDERANDO que, en la Asamblea de Concejales y Mayores Contribuyentes celebrada el día 10 de julio de 1990, el Cuerpo aprobó por unanimidad el proyecto de modificación de la Ordenanza Impositiva Vigente con las modificaciones que se detallan: «Artículo 35º: … debiendo ingresar dicho importe a las arcas municipales, dentro de los 15 días siguientes …»; «Artículo 20º: … Visado y Control Sanitario …inciso 8) pollos por unidad =A= 250 … inciso 10) aves varias, conejos, chacinados, fiambres, grasas, huevos, productos de la caza =A= 100;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Modifícase los siguientes artículos de la Ordenanza Impositiva Vigente, los que quedar n redactados de la siguiente manera:
«ARTICULO 33º: Establecese las siguiente escala correspondiente a los documentos por transacciones o movimientos de haciendas convalores unitarios por cabeza y por operación:
BOBINO OVINO PORCINO
EQUINO H/15kgs-d/15kgs
1) Venta particular de productor a productor:
Certificado ………………………… 5692 151 1013 – 3255
Permiso de Marca…………………….. 2846 130 469 – 1059
2) Venta directa a frigorífico o mercado de Liniers:
Permiso de Marca ……………………. 2846 130 469 – 1059
Guía ………………………………. 9961 151 1698 – 7664
3) Venta en Remate o Feria local:
Certificado ………………………… 1%s/vta.151 864 – 3826
Guía ………………………………. 1423 151 864 – 1059
Permiso de Marca ……………………. 1423 130 469 – 1059
4) Venta en feria de otro partido:
Guía ………………………………. 9961 151 864 – 4502
Permiso de Marca ……………………. 2846 130 469 – 1059
5) Comprador de otro Partido en feria o particular:
Guía ………………………………. 5692 151 964 – 3826
6) Traslado de Hacienda por sí mismo dentro de la Provincia de Buenos Aires:
Guía ………………………………. 2846 151 469 – 2229
Permiso de Marca ……………………. 2846 130 469 – 1059
7) Traslado de Hacienda por sí mismo fuera de la Provincia de Buenos Aires:
Guía ………………………………. 5692 282 864 – 4502
Permiso ……………………………. 2846 130 469 – 1059
8) Guía de faena local: ………………… 2846 130 469 – 1246
9) Guía de Cuero: ……………………… 2846 130 469 – 1246
10) Certificado de Cuero: ………………. 2846 130 469 – 1059
«ARTICULO 35º: La Tasa por Control de Marcar y Señales se ajustará semanalmente en función de la variación del precio máximo por kilo vivo para novillos de400 a 420 kgs. en el Mercado de Liniers, publicado todos los sábados de cada semana en lo referido a hacienda vacuna y ovina.- en hacienda vacuna y cuando se tratase de venta en feria local, al consignatario hará las veces de agente de retención, reteniendo un 1 % de la operación en concepto de certificado, debiendo ingresar dicho importe a las arcas municipales, dentro de los 15 días siguientes al remate mediante Declaración Jurada, en donde se detallará consignatario, fecha de remate, cantidad de cabezas vendidas, importe total de las operaciones, y 1 % en concepto de certificado.-
En lo atinente a hacienda porcina, se ajustará semanalmente en función de la variación del kilo de cerdo especial en Liniers publicado los días sábados de cada semana.-
Referencia: Bovino 2846
Porcino 6540
ARTICULO 2º: Modifícase el artículo 20º de la Ordenanza Impositiva Vigente que quedará redactado de la siguiente manera:
a) Por inspección en mataderos particular, o frigoríficos, fábricas que no cuenten con inspección sanitaria nacional permanente:
1.-Bovino, por res ……………………………………….. 11.875
2.-Ovinos, por res ……………………………………….. 2.375
3.-Porcinos demás de 15 kg. por res ………………………… 2.375
4.-Porcinos de menos de 15 kg. por res ……………………… 1.178
5.- Aves, conejos, carnes trozadas, menudencias,chacinados,fiambres y afines, grasas, huevos, productos de la caza, pescados y mariscos, por kg. docenas o unidad, según corresponda …………………………………. 60
b) Por inspección en carnicerías rurales:
1.- Por semestre ………………………………………….118.754
Visado y Control Sanitario
1.- Bovinos la 1/2 res ……………………………………. 3.563
2.- Cuartos traseros (corte pistola) ……………………….. 3.000
3.- Cuartos delanteros con costillar y vacio ………………… 2.500
4.- Cuartos delanteros ……………………………………. 2.000
5.- Costillares con vacio …………………………………. 2.000
6.- Carne trozada el kg……………………………………. 200
7.- Menudencias vacunas el kg………………………………. 150
8.- Pollos por unidad……………………………………… 250
9.- Pescados el kg. ………………………………………. 200
10- Aves varias, conejos, chacinados, fiambres, grasas, huevos, productos de la caza…………………………………………………….. 100
ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los diez días del mes de julio de mil novecientos noventa.-
ORDENANZA Nº37/90.-