Ordenanza N° 37/1994

  • Fecha de sanción: 27/06/1994
  • N° Promulgación: 1604
  • Decreto Promulgación: 163/94

BONIFICACION EXTRAORDINARIA NO REMUNERATIVA Y PORUNICA VEZ DE $ 22.50 POR CADA AGENTE.-

VISTO el expediente nº192/94, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente nº962/94, por el cual eleva proyecto de Ordenanza referente al pago de una Bonificación Extraordinaria no Remunerativa, por única vez de $ 22.50, por agente;

que, a fojas 1 del citado expediente consta el informe favorable del Contador Municipal; y

CONSIDERANDO que en la Sexta Sesión Ordinaria llevada a cabo 21 de junio del año 1994, el Honorable Cuerpo aprobó despacho de la Comisión de Presupuesto y Hacienda que aconseja aprobar el proyecto elevado por el Departamento Ejecutivo;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1º: Fíjase para el mes de junio de 1994, una «Bonificación Extraordinaria no Remunerativa» y por única vez de pesos veintidos con cincuenta centavos ($ 22,50), por agente, equivalente al cincuenta por ciento (50%) de la suma fija no remunerativa que se abona mensualmente al Personal.-

ARTICULO 2º: Amplíase las siguientes partidas del Presupuesto de Gastos vigente de acuerdo al siguiente detalle:

JURISDICCION I – HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

FINALIDAD I – ITEM 1
Bonificación Adicional 100.00

JURISDICCION II – DEPARTAMENTO EJECUTIVO

FINALIDAD I – ITEM 1
Bonificación Adicional 2.800.00

FINALIDAD I – ITEM 2
Bonificación Adicional 1.900.00

FINALIDAD II – ITEM 1
Bonificación Adicional 700.00

FINALIDAD III – ITEM 1
Bonificación Adicional 4.000.00

FINALIDAD III – ITEM 2
Bonificación Adicional 900.00

FINALIDAD IV – ITEM 1
Bonificación Adicional 800.00

FINALIDAD V – ITEM 1
Bonificación Adicional 500.00
TOTAL 11.700.00

ARTICULO 3º: Los fondos necesarios para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo anterior se tomarán de la siguiente partida:

FINALIDAD VI – A CLASIFICAR
Credito Adicional 11.700.00
TOTAL 11.700.00

ARTICULO 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veintiún días del mes de junio del año mil novecientos noventa y cuatro.-

ORDENANZA Nº37/94.-

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