VISTO el expediente n°109/2023 iniciado por el Bloque de Concejales de Juntos, quien eleva proyecto de Ordenanza, referente a adherir  a la ley referente a implementar  el  logotipo “Símbolo Internacional  de Accesibilidad Universal”;

que, fue aprobado el Proyecto de Ley presentado por la Senadora Provincial Lorena Mandagarán;

que, el mismo promueve que la Provincia de Buenos Aires adopte el logotipo “Símbolo Internacional de Accesibilidad Universal”;

que, el mismo representa la inclusión de las personas con discapacidad;

que, el logo fue creado por la O.N.U. en el año 2.015 y deja atrás la imagen de la persona en silla de ruedas, cambiando la mirada sobre las personas con discapacidad;

que, el nuevo logotipo con la figura humana como eje reflejada mediante un círculo con la figura simétrica representa una armonía entre los seres humanos y la sociedad;

que, la figura humana con los brazos abiertos simboliza la inclusión para las personas, sin distinción de sus capacidades, a la vez representa la esperanza y la igualdad de acceso para todos y todas;

que, es un símbolo que pretende representarnos a todos y todas;

que, intenta mostrar que la accesibilidad no puede centrarse en la discapacidad y menos aún centrarse en una sola discapacidad;

que, la mayor fortaleza del nuevo símbolo es que independiza el concepto de accesibilidad al de discapacidad;

que, resulta necesario socializar, concientizar sobre el uso de este nuevo logotipo;

que, es imperioso que los organismos públicos y privados lo implementen en los espacios comunes indicando prioridad y accesibilidad para las personas con discapacidad; y

CONSIDERANDO que en la Sexta Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 23 de mayo de 2023, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Desarrollo Social y Derechos Humanos, que aconseja sancionar el mencionado proyecto;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

O R D E N A N Z A

ARTÍCULO 1°:  Adherir a la Ley recientemente sancionada, adoptando la implementación del logotipo “Símbolo Internacional de Accesibilidad Universal”.-

ARTÍCULO 2°: Adoptar dicho logotipo como representación de Accesibilidad Universal.-

ARTÍCULO 3°: Promover desde las áreas municipales correspondientes y desde el Consejo Municipal de Accesibilidad la difusión, concientización y seguimiento de su utilización en organismos públicos y privados.-

ARTÍCULO 4°: Comunicar al Departamento Ejecutivo Municipal, dar al Registro Oficial, cumplir, publicar y archivar.-

DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veintitrés días del mes de mayo del año dos mil veintitrés.-

ORDENANZA Nº 38/2023.-

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